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Lunes, 27 de Diciembre de 2021 Tiempo de lectura:
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Consejos fiscales para ahorrar en su próxima declaración de la renta

La aportación a los planes de pensiones, la planificación de las ganancias y pérdidas patrimoniales o hacer donativos, pueden ayudar a rebajar la cuota tributaria de la próxima declaración de renta

Falta poco para que acabe el ejercicio fiscal, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ofrece una serie de recomendaciones para reducir la factura fiscal del año próximo, cuando presenten la declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Son consejos relacionados con las inversiones (planes de pensiones, ganancias y pérdidas patrimoniales) pero también cuestiones más cotidianas (vivienda habitual, salario, etc.), tal y como se explica en el número 187 de noviembre de la revista Dinero y Derechos de noviembre.  



Aportación a los planes de pensiones

Este tipo de aportación puede ser interesante para quien obtiene rentas que provienen del trabajo, pero también de actividades profesionales o empresariales y de alquileres de inmuebles (siempre que además tengan rentas de los dos tipos anteriores) por las que tributan en el IRPF.

 

OCU advierte que la cantidad máxima que se podrá descontar de la base imponible en la próxima declaración de la renta es la menor de las siguientes:

 

  • 2.000 euros, aunque los planes de empresa pueden recibir hasta 8.000 euros de aportaciones empresariales (entre ambas fuentes, las aportaciones no pueden sumar más de 10.000 euros). Si se supera el límite, no sólo no se podrá deducir por el exceso, sino que el contribuyente se arriesga a ser sancionado si no solicita la recuperación del exceso antes del 30/06/2022. 

 

  • El 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas. 

 

Planificación de las ganancias y pérdidas patrimoniale.

 

Si durante 2021 se han obtenido ganancias y a su vez, se acumulan pérdidas en otras inversiones, podría materializar dichas pérdidas para compensarlas con las ganancias. Eso sí, se ha de tener en cuenta que:

 

  • La Ley no permite la compensación de pérdidas generadas por donaciones. Por ello, para poder compensar esas pérdidas, OCU aconseja vender el bien y donar el dinero obtenido.

 

  • Si el contribuyente quiere mantener una inversión, pero desea sacar a la luz fiscal sus pérdidas, OCU advierte que no se debe cometer el error de vender y recomprar (como norma general, antes de dos meses), ya que la normativa impide aprovechar las pérdidas de recompras de “valores homogéneos”.

 

Atención, la próxima declaración será la última en la que podrá compensar el saldo de pérdidas pendientes de 2017. Antes de fin de año puede vender inversiones con una ganancia equivalente para aprovecharlo.
 

 

Otras sugerencias

  • Las ganancias por la transmisión de la vivienda habitual (en la que se reside durante tres años continuados) cuando se tienen 65 años o más, están exentas de tributación del IRPF. Por ello, OCU recomienda esperar a cumplir esa edad para aprovechar la exención.

 

  • Para los propietarios de inmuebles alquilados, OCU aconseja repasar los gastos deducibles, y si al final del año se observa que el rendimiento es positivo, adelantar a diciembre los gastos deducibles para rebajarlo.

 

OCU recuerda que las nuevas deducciones del IRPF por obras de mejora de eficiencia energética de la vivienda permiten deducir un 20%, 40% o 60% sobre una base máxima de 5.000 o 7.500 euros dependiendo del tipo de obra.

 

  • Para OCU, la amortización de la hipoteca es otra forma recurrente de rebajar la factura fiscal. Quienes compraron su vivienda habitual de forma financiada antes del 01/01/2013 podrán aplicar una deducción del 15% sobre lo que hayan pagado en 2021 por ese préstamo, hasta un máximo de 9.040 euros anuales por declaración. Por lo tanto, si la suma de las cuotas anuales no llega a la cantidad de 9.040 euros, y el contribuyente dispone de ahorros suficientes, es recomendable hacer amortizaciones anticipadas hasta alcanzar la citada cifra.

 

  • El IBI tiene alguna bonificación que se ha de solicitar en el Ayuntamiento antes de que finalice el año, por ejemplo, en Madrid existen bonificaciones para familias numerosas que pueden llegar hasta el 90%.

 

  • Los donativos a ONG, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro deducen un 80% sobre los primeros 150 euros, y un 35% sobre lo que exceda de esa cantidad (ese porcentaje sube al 40% si es el tercer año que se dona a la misma entidad y cada donación ha sido igual o superior a la del anterior).

 

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