GALICIA
El Tribunal Supremo absuelve al acusado de violar a su mujer, a sus tres hijastras y a su hija durante 12 años
Pedro Raño Espasandín, vecino de A Baña, A Coruña, fue sentenciado por la Audiencia Provincial a 44 años de prisión por delitos que no cometió.
Pedro Raño Espasandín, que llevaba en prisión desde el 28 de noviembre del 2014, al haber sido condenado por violar y maltratar durante 12 años a sus tres hijastras, salió ayer de la prisión de Teixeiro en A Coruña, al haber sido absuelto por el Tribunal Supremo y considerar que es inocente.
El fallo del Alto Tribunal revoca la condena que le impuso la Audiencia Provincial de A Coruña, que lo había condenado a 44 años de prisión, como autor de tres delitos continuados contra la libertad sexual. En el juicio que se celebró los días 6, 7 y 8 de septiembre de 2016, se considerado probado que el vecino de A Baña, A Coruña, de 47 años había estado abusando durante más de una década de las tres hijas de su esposa. Si bien desde el principio fue acusado de maltratar y abusar también de su mujer y de la única hija en común, por entonces de 3 años, fue absuelto en el juicio de estos execrables delitos, al no haber pruebas, pero el Tribunal provincial coruñés decidió condenarlo por violación y maltrato a sus 3 hijastras, a pesar de la ausencia de indicios probatorios.
El caso, que en su momento creo gran alarma social y que convocó a manifestarse a varias asociaciones como Stop Desahucios y otras en defensa de las mujeres maltratadas en la puerta de la Audiencia Provincial de A Coruña durante la celebración del juicio, ha quedado cerrado con la completa absolución de todos los cargos que se le imputaban, tras la decisión del Tribunal Supremo.
El abogado defensor Kostka Fernández, socio director del despacho KNM Abogados, defendió desde el inicio la ausencia de pruebas y que se estaba cometiendo una gran injustica, dando credibilidad a unas simples declaraciones, frente a una abrumadora cantidad de pruebas que demostraban la inocencia de quien llevaba en prisión dos años. “No fue fácil luchar contra todo y contra todos, pero el convencimiento de que se estaba vulnerando la presunción de inocencia y de que se estaba cometiendo una gran injusticia, animó al despacho a defender a quien considerábamos inocente”, manifestó el letrado coruñés.
Kostka Fernández, el abogado del ahora liberado, recuerda que fue la propia sala de la Audiencia Provincial la que admitía en su Sentencia de octubre del año pasado “la ausencia de pruebas concluyentes”, llegando a sostener en la resolución condenatoria que “estamos ante una ponderación de credibilidades, en la que la sala, sin ignorar la buena opinión que de él tenían un buen número de personas, opta por la versión dada por las tres hijas de la esposa del procesado”, argumento que de forma tajante tumba el Tribunal Supremo, tras la presentación del recurso de casación.
Kostka Fernández durante el juicio puso de manifiesto que la exesposa ya había denunciado a su primer marido por hechos similares y que, finalmente, se demostró que “todo había sido una mentira y una denuncia falsa, como ahora”. El letrado siempre insistió en que se estaba haciendo un uso perverso de la “muy necesaria Ley de Violencia de Género y lamentó el daño que hace a las mujeres maltratadas cuando se presenta una denuncia falsa”.
El abogado defensor, ya en las puertas del juicio calificó a la madre y a sus hijas de “profesionales de la denuncia falsa”, sin que entonces el Tribunal escuchara sus argumentos y diera credibilidad a unas simples declaraciones, contradictorias y poco creíbles, e insistió con profusión durante los días del juicio en que las víctimas prepararon sus declaraciones con el único ánimo de “vengarse de su esposo tras abandonar el hogar y querer divorciarse”.
La Sentencia condenatoria fue recurrida en casación al Tribunal Supremo, y ayer mismo éste emitió un Auto en el que ordenaba su inmediata salida de prisión. De hecho, el Tribunal Supremo se reunió por la mañana y a la tarde Pedro Raño pudo abandonar la prisión y acudir a A Coruña a cenar con su abogado, quien manifestó: “siempre he creído en la inocencia de mi patrocinado, sólo así tuve la fuerza de defender a quien estaba acusado de horribles delitos, algo que no fue fácil”, recordando que durante la preparación y la celebración del juicio el abogado llegó a perder siete kilos y pasar noches enteras trabajando en la búsqueda de las pruebas y los argumentos que permitieran demostrar la inocencia de quien iba a ser condenado inevitablemente, por la presión social y mediática que se formó en torno al caso. “Es muy duro luchar con la presión que existía, especialmente cuando los crímenes abren telediarios nacionales y centenares de personas se manifiestan en las puertas del Tribunal, pero si uno está convencido de que su cliente es inocente, todo esfuerzo merece la pena”, afirmó el letrado tras la puesta en libertad de su defendido.
En el fallo de la Audiencia Provincial de A Coruña, declaraba probado que el hombre convirtió su hogar en un infierno, con violaciones constantes durante doce años a su mujer, a sus tres hijastras y a la hija que tenían en común, señalando que “se aprovechaba de su condición de cabeza de familia y de la dependencia económica de esta para doblegar su voluntad e impedir que, de los hechos por los que ahora ha sido condenado, se enterasen el resto de los miembros”. Pero lo cierto es que ninguna de las denunciantes pudo aportar ni una sola prueba de que los hechos eran ciertos, ni siquiera los informes médicos indicaban el menor rastro de violencia, psíquica o física, y la defensa tuvo que “demostrar lo imposible, al tener que defenderse de hechos que no habían ocurrido y, por tanto, tampoco existían pruebas que pudieran demostrar lo contrario de lo que decían”. El letrado Kostka Fernández fue taxativo en sus declaraciones al señalar que “se invirtió la carga de la prueba y el acusado tuvo que probar que nada era cierto, mientras que las denunciantes no tuvieron que probar nada, sino simplemente denunciar. Pero lo más duro de todo fue el desprecio y la humillación con la que el Tribunal me trató durante la celebración del juicio, teniendo que llegar a escuchar, en un acto claramente vulnerador de la presunción de inocencia: me va e enseñar usted a mí, que llevo 21 años juzgando casos como este, qué es la presunción de inocencia”.
El abogado coruñés lamenta profundamente el daño que se hace a las mujeres que sufren el horror de la violencia machista, cuando se presentan denuncias falsas y se hace un uso malvado de una Ley imprescindible: “la nueva decisión judicial viene a poner las cosas en su sitio y debe servir para que las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y los tribunales sean conscientes de hay gente dispuesta a vengarse de su ex marido, no pudiendo dar por cierto hechos que no sean probados y con clara vulneración de derechos constitucionales fundamentales”.
La Sentencia, hoy revocada, daba como hechos probados que el acusado apaleaba brutalmente con instrumentos de labranza a sus hijas y a su mujer, violando a todas a todas horas y en todas las instancias de la casa, con violencia extrema y usando una completa dominación psicológica contra ellas, pero lo cierto es que ninguna de ellas ni ningún informe médico corroboraba los hechos. Sólo tras las denuncias, el forense y los informes psicológicos del Instituto Gallego de Medicina Legal afirmaban que los hechos eran ciertos, dando credibilidad a unas mujeres que consiguieron en todo momento engañar a todos, en lo que el letrado defensor calificó en su momento como “auténticas profesionales de la denuncia falsa, quienes ensayaban en casa y apuntaban en una libreta lo que tenían que decir a la policía y a los tribunales, llegando a simular desmayos en presencia de los jueces, a ser evacuadas en ambulancia del Juzgado de Negreira o a inventar pruebas que resultaron ser todas falsas”.
La Sentencia apelada en casación señalaba que “el inicio de la conducta del procesado es coincidente con el momento en el que comienza la pubertad de cada una de las víctimas”, y a pesar de que nunca nadie vio nada ni nunca nadie dijo nada a nadie, en octubre de 2014, cuando el hoy puesto en libertad tomó la decisión de separarse de su mujer y abandonar el domicilio conyugal, las denunciantes decidieron vengarse del marido y padrastro, acusándolo de delitos por lo que inicialmente se le pedían al acusado 67 años de cárcel y que, finalmente, tras el juicio, se redujeron a 44, al poder acreditar el abogado defensor, que ni su mujer ni su hija de 3 años habían sido violadas o maltratadas. Sin embargo, el Tribunal decidió condenar sin pruebas, dando credibilidad a lo que a todas luces y desde el principio parecía una denuncia falsa, actuación judicial que finalmente cuestiona radicalmente el Tribunal Supremo, quien a pesar de no haber emitido Sentencia todavía, solicitó mediante Auto la “inmediata puesta en libertad”.
El caso tuvo en su momento un importante impacto social en toda España, y si bien es cierto que sus vecinos siempre confiaron en él, llegando a recoger firmas en defensa del por entonces presunto violador, lo cierto es que el Tribunal optó por la condena, a pesar de que en el juicio llegó a declarar la hermana de la madre denunciante, quien entonces llegó a decir: “Pedro es inocente y mi hermana es una persona malvada”. Ahora el Tribunal Supremo lo absuelve y pone en cuestión todos los informes periciales, del forense y de las psicólogas, a quienes la madre y las hijas consiguieron engañar, fingiendo comportamientos que nunca habían ocurrido.
Pedro Raño Espasandín, que llevaba en prisión desde el 28 de noviembre del 2014, al haber sido condenado por violar y maltratar durante 12 años a sus tres hijastras, salió ayer de la prisión de Teixeiro en A Coruña, al haber sido absuelto por el Tribunal Supremo y considerar que es inocente.
El fallo del Alto Tribunal revoca la condena que le impuso la Audiencia Provincial de A Coruña, que lo había condenado a 44 años de prisión, como autor de tres delitos continuados contra la libertad sexual. En el juicio que se celebró los días 6, 7 y 8 de septiembre de 2016, se considerado probado que el vecino de A Baña, A Coruña, de 47 años había estado abusando durante más de una década de las tres hijas de su esposa. Si bien desde el principio fue acusado de maltratar y abusar también de su mujer y de la única hija en común, por entonces de 3 años, fue absuelto en el juicio de estos execrables delitos, al no haber pruebas, pero el Tribunal provincial coruñés decidió condenarlo por violación y maltrato a sus 3 hijastras, a pesar de la ausencia de indicios probatorios.
El caso, que en su momento creo gran alarma social y que convocó a manifestarse a varias asociaciones como Stop Desahucios y otras en defensa de las mujeres maltratadas en la puerta de la Audiencia Provincial de A Coruña durante la celebración del juicio, ha quedado cerrado con la completa absolución de todos los cargos que se le imputaban, tras la decisión del Tribunal Supremo.
El abogado defensor Kostka Fernández, socio director del despacho KNM Abogados, defendió desde el inicio la ausencia de pruebas y que se estaba cometiendo una gran injustica, dando credibilidad a unas simples declaraciones, frente a una abrumadora cantidad de pruebas que demostraban la inocencia de quien llevaba en prisión dos años. “No fue fácil luchar contra todo y contra todos, pero el convencimiento de que se estaba vulnerando la presunción de inocencia y de que se estaba cometiendo una gran injusticia, animó al despacho a defender a quien considerábamos inocente”, manifestó el letrado coruñés.
Kostka Fernández, el abogado del ahora liberado, recuerda que fue la propia sala de la Audiencia Provincial la que admitía en su Sentencia de octubre del año pasado “la ausencia de pruebas concluyentes”, llegando a sostener en la resolución condenatoria que “estamos ante una ponderación de credibilidades, en la que la sala, sin ignorar la buena opinión que de él tenían un buen número de personas, opta por la versión dada por las tres hijas de la esposa del procesado”, argumento que de forma tajante tumba el Tribunal Supremo, tras la presentación del recurso de casación.
Kostka Fernández durante el juicio puso de manifiesto que la exesposa ya había denunciado a su primer marido por hechos similares y que, finalmente, se demostró que “todo había sido una mentira y una denuncia falsa, como ahora”. El letrado siempre insistió en que se estaba haciendo un uso perverso de la “muy necesaria Ley de Violencia de Género y lamentó el daño que hace a las mujeres maltratadas cuando se presenta una denuncia falsa”.
El abogado defensor, ya en las puertas del juicio calificó a la madre y a sus hijas de “profesionales de la denuncia falsa”, sin que entonces el Tribunal escuchara sus argumentos y diera credibilidad a unas simples declaraciones, contradictorias y poco creíbles, e insistió con profusión durante los días del juicio en que las víctimas prepararon sus declaraciones con el único ánimo de “vengarse de su esposo tras abandonar el hogar y querer divorciarse”.
La Sentencia condenatoria fue recurrida en casación al Tribunal Supremo, y ayer mismo éste emitió un Auto en el que ordenaba su inmediata salida de prisión. De hecho, el Tribunal Supremo se reunió por la mañana y a la tarde Pedro Raño pudo abandonar la prisión y acudir a A Coruña a cenar con su abogado, quien manifestó: “siempre he creído en la inocencia de mi patrocinado, sólo así tuve la fuerza de defender a quien estaba acusado de horribles delitos, algo que no fue fácil”, recordando que durante la preparación y la celebración del juicio el abogado llegó a perder siete kilos y pasar noches enteras trabajando en la búsqueda de las pruebas y los argumentos que permitieran demostrar la inocencia de quien iba a ser condenado inevitablemente, por la presión social y mediática que se formó en torno al caso. “Es muy duro luchar con la presión que existía, especialmente cuando los crímenes abren telediarios nacionales y centenares de personas se manifiestan en las puertas del Tribunal, pero si uno está convencido de que su cliente es inocente, todo esfuerzo merece la pena”, afirmó el letrado tras la puesta en libertad de su defendido.
En el fallo de la Audiencia Provincial de A Coruña, declaraba probado que el hombre convirtió su hogar en un infierno, con violaciones constantes durante doce años a su mujer, a sus tres hijastras y a la hija que tenían en común, señalando que “se aprovechaba de su condición de cabeza de familia y de la dependencia económica de esta para doblegar su voluntad e impedir que, de los hechos por los que ahora ha sido condenado, se enterasen el resto de los miembros”. Pero lo cierto es que ninguna de las denunciantes pudo aportar ni una sola prueba de que los hechos eran ciertos, ni siquiera los informes médicos indicaban el menor rastro de violencia, psíquica o física, y la defensa tuvo que “demostrar lo imposible, al tener que defenderse de hechos que no habían ocurrido y, por tanto, tampoco existían pruebas que pudieran demostrar lo contrario de lo que decían”. El letrado Kostka Fernández fue taxativo en sus declaraciones al señalar que “se invirtió la carga de la prueba y el acusado tuvo que probar que nada era cierto, mientras que las denunciantes no tuvieron que probar nada, sino simplemente denunciar. Pero lo más duro de todo fue el desprecio y la humillación con la que el Tribunal me trató durante la celebración del juicio, teniendo que llegar a escuchar, en un acto claramente vulnerador de la presunción de inocencia: me va e enseñar usted a mí, que llevo 21 años juzgando casos como este, qué es la presunción de inocencia”.
El abogado coruñés lamenta profundamente el daño que se hace a las mujeres que sufren el horror de la violencia machista, cuando se presentan denuncias falsas y se hace un uso malvado de una Ley imprescindible: “la nueva decisión judicial viene a poner las cosas en su sitio y debe servir para que las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y los tribunales sean conscientes de hay gente dispuesta a vengarse de su ex marido, no pudiendo dar por cierto hechos que no sean probados y con clara vulneración de derechos constitucionales fundamentales”.
La Sentencia, hoy revocada, daba como hechos probados que el acusado apaleaba brutalmente con instrumentos de labranza a sus hijas y a su mujer, violando a todas a todas horas y en todas las instancias de la casa, con violencia extrema y usando una completa dominación psicológica contra ellas, pero lo cierto es que ninguna de ellas ni ningún informe médico corroboraba los hechos. Sólo tras las denuncias, el forense y los informes psicológicos del Instituto Gallego de Medicina Legal afirmaban que los hechos eran ciertos, dando credibilidad a unas mujeres que consiguieron en todo momento engañar a todos, en lo que el letrado defensor calificó en su momento como “auténticas profesionales de la denuncia falsa, quienes ensayaban en casa y apuntaban en una libreta lo que tenían que decir a la policía y a los tribunales, llegando a simular desmayos en presencia de los jueces, a ser evacuadas en ambulancia del Juzgado de Negreira o a inventar pruebas que resultaron ser todas falsas”.
La Sentencia apelada en casación señalaba que “el inicio de la conducta del procesado es coincidente con el momento en el que comienza la pubertad de cada una de las víctimas”, y a pesar de que nunca nadie vio nada ni nunca nadie dijo nada a nadie, en octubre de 2014, cuando el hoy puesto en libertad tomó la decisión de separarse de su mujer y abandonar el domicilio conyugal, las denunciantes decidieron vengarse del marido y padrastro, acusándolo de delitos por lo que inicialmente se le pedían al acusado 67 años de cárcel y que, finalmente, tras el juicio, se redujeron a 44, al poder acreditar el abogado defensor, que ni su mujer ni su hija de 3 años habían sido violadas o maltratadas. Sin embargo, el Tribunal decidió condenar sin pruebas, dando credibilidad a lo que a todas luces y desde el principio parecía una denuncia falsa, actuación judicial que finalmente cuestiona radicalmente el Tribunal Supremo, quien a pesar de no haber emitido Sentencia todavía, solicitó mediante Auto la “inmediata puesta en libertad”.
El caso tuvo en su momento un importante impacto social en toda España, y si bien es cierto que sus vecinos siempre confiaron en él, llegando a recoger firmas en defensa del por entonces presunto violador, lo cierto es que el Tribunal optó por la condena, a pesar de que en el juicio llegó a declarar la hermana de la madre denunciante, quien entonces llegó a decir: “Pedro es inocente y mi hermana es una persona malvada”. Ahora el Tribunal Supremo lo absuelve y pone en cuestión todos los informes periciales, del forense y de las psicólogas, a quienes la madre y las hijas consiguieron engañar, fingiendo comportamientos que nunca habían ocurrido.




































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