Galicia
Un nuevo Decreto permite enterramientos sin féretro y reduce plazo mínimo
El recién aprobado Decreto de Sanidad Mortuoria en Galicia, que reemplazará al Decreto 151/2014, introduce mejoras técnicas en la regulación para adaptarlas a las demandas sociales y presta especial atención a las implicaciones del derecho a la libertad religiosa en este ámbito. El nuevo decreto, que entrará en vigor en un mes, permitirá enterramientos sin féretro previa conformidad de la entidad titular del cementerio, facilitando así los ritos musulmanes o judíos en la región gallega.
Este proceso de entierro sin féretro se llevará a cabo mediante solicitud previa y con la aprobación de la entidad titular del cementerio donde se realizará la inhumación. Esto ampliará el ejercicio del derecho a la libertad religiosa y evitará que los creyentes se vean obligados a desplazarse fuera de la comunidad para enterrar a sus seres queridos. El Conselleiro de Sanidade, Julio García Comesaña, se reunió recientemente con representantes de la comunidad islámica en Galicia para informarles sobre la aprobación de este nuevo decreto.
Además de esta novedad, el decreto también modifica los plazos mínimos requeridos desde el fallecimiento para realizar procedimientos sanitarios en el cadáver, reduciendo el plazo mínimo para enterrar o cremar un cadáver de 24 a 12 horas.
La norma, firmada por el presidente gallego el 31 de agosto, fue publicada ayer en el Diario Oficial de Galicia y entrará en vigor dentro de un mes.
El decreto también aborda la clasificación de los cadáveres según su riesgo sanitario, las condiciones de uso de féretros y bolsas funerarias, y las regulaciones para el traslado y exhumación de cadáveres y restos humanos.
Entre las principales novedades de la regulación gallega se incluye un procedimiento para regularizar cementerios preexistentes, facilitando su legalización. Además, se establece un proceso para el enterramiento en lugares especiales, eliminando la autorización sanitaria para los ya existentes y otorgando a los ayuntamientos la competencia para otorgar las licencias correspondientes en el caso de nuevos cementerios.
Otro aspecto importante es la regulación de los crematorios, que se prevé instalar preferentemente en zonas industriales y alejados de áreas residenciales, centros de atención a la tercera edad, centros de salud, escuelas, parques infantiles y otras instalaciones similares. También se crea un censo de empresas y establecimientos funerarios en Galicia, que incluirá funerarias, tanatorios, velatorios y crematorios.

El recién aprobado Decreto de Sanidad Mortuoria en Galicia, que reemplazará al Decreto 151/2014, introduce mejoras técnicas en la regulación para adaptarlas a las demandas sociales y presta especial atención a las implicaciones del derecho a la libertad religiosa en este ámbito. El nuevo decreto, que entrará en vigor en un mes, permitirá enterramientos sin féretro previa conformidad de la entidad titular del cementerio, facilitando así los ritos musulmanes o judíos en la región gallega.
Este proceso de entierro sin féretro se llevará a cabo mediante solicitud previa y con la aprobación de la entidad titular del cementerio donde se realizará la inhumación. Esto ampliará el ejercicio del derecho a la libertad religiosa y evitará que los creyentes se vean obligados a desplazarse fuera de la comunidad para enterrar a sus seres queridos. El Conselleiro de Sanidade, Julio García Comesaña, se reunió recientemente con representantes de la comunidad islámica en Galicia para informarles sobre la aprobación de este nuevo decreto.
Además de esta novedad, el decreto también modifica los plazos mínimos requeridos desde el fallecimiento para realizar procedimientos sanitarios en el cadáver, reduciendo el plazo mínimo para enterrar o cremar un cadáver de 24 a 12 horas.
La norma, firmada por el presidente gallego el 31 de agosto, fue publicada ayer en el Diario Oficial de Galicia y entrará en vigor dentro de un mes.
El decreto también aborda la clasificación de los cadáveres según su riesgo sanitario, las condiciones de uso de féretros y bolsas funerarias, y las regulaciones para el traslado y exhumación de cadáveres y restos humanos.
Entre las principales novedades de la regulación gallega se incluye un procedimiento para regularizar cementerios preexistentes, facilitando su legalización. Además, se establece un proceso para el enterramiento en lugares especiales, eliminando la autorización sanitaria para los ya existentes y otorgando a los ayuntamientos la competencia para otorgar las licencias correspondientes en el caso de nuevos cementerios.
Otro aspecto importante es la regulación de los crematorios, que se prevé instalar preferentemente en zonas industriales y alejados de áreas residenciales, centros de atención a la tercera edad, centros de salud, escuelas, parques infantiles y otras instalaciones similares. También se crea un censo de empresas y establecimientos funerarios en Galicia, que incluirá funerarias, tanatorios, velatorios y crematorios.




































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