El Juzgado de lo Penal número 3 de A Coruña ha absuelto a una mujer del delito de descubrimiento y revelación de secretos, luego de que alertara a amantes de su expareja sobre la posibilidad de que este pudiera tener enfermedades de transmisión sexual. El magistrado consideró que la acusada actuó "de acuerdo con su conciencia y ante el temor de haber sido contagiada ella misma y quién sabe cuántas mujeres más".
El juez resaltó que la información proporcionada por la mujer se limitó a las personas directamente involucradas y no se difundió de manera pública. Además, subrayó que el denunciante y sus amigos admitieron en eventos sociales mencionar abiertamente detalles íntimos de sus relaciones sexuales.
En la sentencia, se estableció que la acusada había obtenido capturas de pantalla de conversaciones de su pareja con otras personas, donde dedujo la posibilidad de propagación de enfermedades de transmisión sexual. El acceso a estas conversaciones, según el fallo, fue accidental al recuperar datos supuestamente borrados de un teléfono prestado.
El juez argumentó que la acción de la mujer no perjudicó a su expareja ni a las mujeres advertidas, destacando que actuó por temor a su propia salud y la de otras personas. La sentencia no es firme y puede ser recurrida.
Este caso plantea cuestionamientos sobre la privacidad y la ética en la era digital, así como la responsabilidad de informar sobre riesgos de salud en situaciones íntimas.
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