OPINIÓN
La ITA, (Inspección Técnica de Ascensores) ya es una realidad
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España, es el país con mas ascensores instalados, mas de 1100 millones de unidades seguidos de Italia según la FEEDA (Federación Empresarial Española de Ascensores). La última actualización de la normativa que regula la instalación, mantenimiento y uso de los ascensores en los edificios, es extensa y está diseñada para garantizar la seguridad y accesibilidad. Esta nueva actualización, afecta entre otras como hemos dicho, a la seguridad y obligará a las comunidades de vecinos a adaptarse a unas exigencias impuestas en el Real Decreto de 13 de abril de 2024 que entró en vigor el 1 de julio.
A partir de esa fecha, las inspecciones periódicas, determinarán que aparatos quedarán fuera de servicio con el perjuicio que conlleva no cumplir con los nuevos establecidos como: Instalación y puesta en marcha por empresa autorizada. Mantenimiento, al menos mensual para garantizar el correcto funcionamiento. Inspecciones cada dos años en edificios con más de 20 viviendas o mas de 4 plantas. Incidencias, el responsable del ascensor, debe llevar un libro de mantenimiento en donde se reflejarán las incidencias, reparaciones y revisiones del ascensor. Accesibilidad, en edificaciones de nueva construcción es obligatoria y en los edificios antiguos, se deben realizar las adaptaciones necesarias. Seguros y responsabilidad, contratar un seguro de responsabilidad civil que cubra posibles daños a personas. Información sobre los datos de la empresa mantenedora y un número de teléfono de emergencias. Señalización, explicando normas de uso.
Esta nueva normativa, obligará a derramas en las comunidades con cantidades importantes, miles de euros, que ahora pasan a ser los propietarios los responsables de tener las inspecciones al día, las cuales deben tener contratadas, ya no es la empresa mantenedora, porque si esa ITA (Inspección Técnica de Ascensores) está caducada, el ascensor se tendrá que parar.
Se avecinan semanas movidas para las comunidades de vecinos que tienen que adaptar todos los aparatos a la nueva disposición relativa a la seguridad que supone un importante desembolso económico para los usuarios de cada comunidad de vecinos, sin hacer distinción si económicamente puedan o no.
Con la entrada en vigor del Real Decreto, es una carrera contrarreloj para comunidades de vecinos y empresas ascensoristas.

España, es el país con mas ascensores instalados, mas de 1100 millones de unidades seguidos de Italia según la FEEDA (Federación Empresarial Española de Ascensores). La última actualización de la normativa que regula la instalación, mantenimiento y uso de los ascensores en los edificios, es extensa y está diseñada para garantizar la seguridad y accesibilidad. Esta nueva actualización, afecta entre otras como hemos dicho, a la seguridad y obligará a las comunidades de vecinos a adaptarse a unas exigencias impuestas en el Real Decreto de 13 de abril de 2024 que entró en vigor el 1 de julio.
A partir de esa fecha, las inspecciones periódicas, determinarán que aparatos quedarán fuera de servicio con el perjuicio que conlleva no cumplir con los nuevos establecidos como: Instalación y puesta en marcha por empresa autorizada. Mantenimiento, al menos mensual para garantizar el correcto funcionamiento. Inspecciones cada dos años en edificios con más de 20 viviendas o mas de 4 plantas. Incidencias, el responsable del ascensor, debe llevar un libro de mantenimiento en donde se reflejarán las incidencias, reparaciones y revisiones del ascensor. Accesibilidad, en edificaciones de nueva construcción es obligatoria y en los edificios antiguos, se deben realizar las adaptaciones necesarias. Seguros y responsabilidad, contratar un seguro de responsabilidad civil que cubra posibles daños a personas. Información sobre los datos de la empresa mantenedora y un número de teléfono de emergencias. Señalización, explicando normas de uso.
Esta nueva normativa, obligará a derramas en las comunidades con cantidades importantes, miles de euros, que ahora pasan a ser los propietarios los responsables de tener las inspecciones al día, las cuales deben tener contratadas, ya no es la empresa mantenedora, porque si esa ITA (Inspección Técnica de Ascensores) está caducada, el ascensor se tendrá que parar.
Se avecinan semanas movidas para las comunidades de vecinos que tienen que adaptar todos los aparatos a la nueva disposición relativa a la seguridad que supone un importante desembolso económico para los usuarios de cada comunidad de vecinos, sin hacer distinción si económicamente puedan o no.
Con la entrada en vigor del Real Decreto, es una carrera contrarreloj para comunidades de vecinos y empresas ascensoristas.
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