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Jueves, 29 de Agosto de 2024 Tiempo de lectura:
PROVINCIA

La Consellería de Sanidad inspecciona un total de 366 piscinas de uso colectivo en la provincia de Pontevedra para garantizar su calidad sanitaria

Cualquier establecimiento que ofrezca servicios de piscina de uso público debe declarar el inicio de la actividad  / Imagen instalaciones de la Piscina Sumatra en Zen Suite & Garden MosCualquier establecimiento que ofrezca servicios de piscina de uso público debe declarar el inicio de la actividad / Imagen instalaciones de la Piscina Sumatra en Zen Suite & Garden Mos

La Consellería de Sanidad, a través de su Dirección Territorial en Pontevedra, está realizando inspecciones este verano en las piscinas de uso colectivo de toda la provincia para garantizar su calidad sanitaria. En la provincia de Pontevedra se supervisan 366 piscinas, de las cuales 84 son de uso continuo y 282 de temporada. Este número podría aumentar, ya que se están recibiendo nuevas declaraciones de inicio de actividad de piscinas.

 

 

El personal farmacéutico inspector de Salud Pública de la Dirección Territorial verifica que los titulares de las instalaciones cumplan con la normativa sanitaria vigente, garantizando la calidad del agua de baño en sus instalaciones.

 

Criterios higiénico-sanitarios de las instalaciones

Los responsables de las piscinas de uso colectivo deben asegurar que el agua está libre de organismos patógenos y sustancias en concentraciones que puedan suponer un riesgo para la salud humana, cumpliendo con los requisitos de la legislación vigente. Esto se garantiza mediante controles rutinarios diarios, que incluyen la medición del nivel de desinfectante residual, el pH y la transparencia, así como controles mensuales que evalúan parámetros microbiológicos y físico-químicos. Además, los productos biocidas utilizados en el tratamiento del agua deben estar registrados ante el Ministerio de Sanidad.

 

Personal y elementos de seguridad

El personal socorrista, cuando sea necesario, debe estar presente en las instalaciones durante el horario de apertura al público, garantizando una vigilancia eficaz. Asimismo, las instalaciones deben contar con los elementos de seguridad necesarios para prevenir o minimizar el riesgo de ahogamiento.

 

Normativa vigente

La normativa vigente incluye el Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, que establece los criterios técnico-sanitarios de las piscinas, y el Decreto 119/2019, de 19 de septiembre, de la Comunidad Autónoma de Galicia, que regula los criterios higiénico-sanitarios de las piscinas en Galicia.

 

Cualquier establecimiento que ofrezca servicios de piscina de uso público debe declarar el inicio de la actividad o cualquier modificación en los datos previamente declarados ante la Jefatura Territorial de la Consellería de Sanidad mediante la sede electrónica. Además, deben notificar el reinicio o cierre de la actividad cuando corresponda.

 

La Dirección General de Salud Pública de la Consellería de Sanidad también ofrece información sobre las piscinas en su página web: https://www.sergas.es/saude-publica/piscinas.

 

Otros consejos preventivos

Se recuerda a los usuarios de piscinas de uso colectivo que los establecimientos deben contar con un reglamento de régimen interno que incluya normas como respetar las indicaciones del personal socorrista, ducharse antes de entrar al agua y usar calzado adecuado en las zonas de tránsito descalzo.

 

Asimismo, está prohibido comer, beber o fumar en las zonas de baño y se debe evitar dejar desperdicios en los recintos. Los bañistas también deben seguir las recomendaciones del reglamento interno del establecimiento y las indicaciones sobre prevención de ahogamientos, traumatismos craneoencefálicos y lesiones medulares, disponibles en los establecimientos.

 
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