El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Pontevedra ha condenado a la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística (APLU) de la Xunta de Galicia a proceder con la demolición completa de un edificio ilegal construido en Casas-Ardán, playa de Lapamán, en el municipio de Marín. La sentencia establece que la demolición debe llevarse a cabo en un plazo máximo de tres meses desde la notificación de la firmeza de la resolución.
El magistrado ha calificado la "inactividad" de la APLU como "inexcusable", dado que la orden de demolición se dictó hace más de diez años y el edificio sigue en pie. En la resolución, se advierte del riesgo de que, de continuar con la demora, se llegue a cumplir el plazo de prescripción de los 15 años, lo que obligaría a reiniciar el proceso desde cero.
El juez destaca que la demolición del edificio, que no está habitado y no ha tenido terceros adquirentes que compliquen la ejecución, es relativamente sencilla. A pesar de que la APLU ha tomado algunas medidas, lo ha hecho con "excesiva lentitud", sin haber siquiera contratado la obra ni establecido una fecha concreta para su finalización.
Además, el magistrado critica el impacto negativo del edificio en el paisaje, dada su desarmonía con el entorno de especial valor medioambiental y paisajístico de la playa de Lapamán. Este factor subraya la necesidad de que la APLU hubiera priorizado el caso conforme a su plan de inspección.
La sentencia, que estima el recurso contencioso-administrativo y exige la ejecución efectiva de la resolución de la APLU de 13 de mayo de 2013, no es firme, ya que contra ella cabe presentar recurso. La resolución de la APLU había sido previamente avalada por una sentencia del Juzgado Contencioso-administrativo número 2 de Pontevedra y confirmada por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
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