Galicia
El TSXG ordena la suspensión cautelar de siete parques eólicos por riesgo de causar daños irreparables al medio ambiente
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha decretado la suspensión cautelar de siete parques eólicos, entre ellos los proyectos Serra de Liñares, Serra da Piñeira, Paraño Oeste, San Cristovo, Neboada, Monteagudo y Suime. Esta decisión responde al riesgo de que su construcción provoque daños irreparables en áreas ambientales sensibles.
Sin embargo, los magistrados han rechazado adoptar esta medida respecto a los proyectos Picato, en los ayuntamientos de Guntín y Lugo, y Solpor, ubicado entre Ordes y Mesía (A Coruña). Hasta la fecha, la Sala ha emitido 130 autos sobre solicitudes de suspensión de autorizaciones para 64 parques eólicos, de los cuales 59 han sido suspendidos.
La sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG ha determinado que la ejecución de estos siete parques podría afectar a especies vulnerables o en peligro de extinción, así como a hábitats de interés comunitario. En sus resoluciones, los magistrados subrayan que la protección del medio ambiente debe prevalecer, y rechazan que los intereses económicos justifiquen la continuación de los proyectos.
Afectación a paisajes y especies vulnerables
Entre los casos más destacados, el TSXG ha alertado del impacto visual y paisajístico severo y permanente que tendría el parque de San Cristovo sobre el mirador Alto de San Cristovo. Respecto al parque Paraño Oeste, el tribunal ha destacado su ubicación en una zona de exclusión eólica, tal como señala el Mapa de Zonificación Ambiental del Ministerio de Transición Ecológica, afectando también a otras instalaciones como Neboada, Serra da Piñeira, Monteagudo y Suime.
En el caso del parque eólico Serra de Liñares, ubicado en A Fonsagrada y Negueira de Muñiz, el alto tribunal ha señalado la presencia ocasional del oso pardo en la zona y elriesgo para la vida de las personas debido a la proximidad de aerogeneradores a núcleos de población.
Rechazo a la suspensión de Picato y Solpor
Por otro lado, la Sala ha denegado la suspensión cautelar de los proyectos Picato y Solpor al no haberse acreditado suficientemente los daños medioambientales que podrían derivarse de su construcción. El tribunal destacó la falta de pruebas concretas sobre la presencia de especies vulnerables o el impacto de ruido en estos casos.
Con estas resoluciones, el TSXG reafirma su compromiso con la protección medioambiental, paralizando aquellos proyectos eólicos que presenten riesgos significativos para la biodiversidad y los ecosistemas.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha decretado la suspensión cautelar de siete parques eólicos, entre ellos los proyectos Serra de Liñares, Serra da Piñeira, Paraño Oeste, San Cristovo, Neboada, Monteagudo y Suime. Esta decisión responde al riesgo de que su construcción provoque daños irreparables en áreas ambientales sensibles.
Sin embargo, los magistrados han rechazado adoptar esta medida respecto a los proyectos Picato, en los ayuntamientos de Guntín y Lugo, y Solpor, ubicado entre Ordes y Mesía (A Coruña). Hasta la fecha, la Sala ha emitido 130 autos sobre solicitudes de suspensión de autorizaciones para 64 parques eólicos, de los cuales 59 han sido suspendidos.
La sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG ha determinado que la ejecución de estos siete parques podría afectar a especies vulnerables o en peligro de extinción, así como a hábitats de interés comunitario. En sus resoluciones, los magistrados subrayan que la protección del medio ambiente debe prevalecer, y rechazan que los intereses económicos justifiquen la continuación de los proyectos.
Afectación a paisajes y especies vulnerables
Entre los casos más destacados, el TSXG ha alertado del impacto visual y paisajístico severo y permanente que tendría el parque de San Cristovo sobre el mirador Alto de San Cristovo. Respecto al parque Paraño Oeste, el tribunal ha destacado su ubicación en una zona de exclusión eólica, tal como señala el Mapa de Zonificación Ambiental del Ministerio de Transición Ecológica, afectando también a otras instalaciones como Neboada, Serra da Piñeira, Monteagudo y Suime.
En el caso del parque eólico Serra de Liñares, ubicado en A Fonsagrada y Negueira de Muñiz, el alto tribunal ha señalado la presencia ocasional del oso pardo en la zona y elriesgo para la vida de las personas debido a la proximidad de aerogeneradores a núcleos de población.
Rechazo a la suspensión de Picato y Solpor
Por otro lado, la Sala ha denegado la suspensión cautelar de los proyectos Picato y Solpor al no haberse acreditado suficientemente los daños medioambientales que podrían derivarse de su construcción. El tribunal destacó la falta de pruebas concretas sobre la presencia de especies vulnerables o el impacto de ruido en estos casos.
Con estas resoluciones, el TSXG reafirma su compromiso con la protección medioambiental, paralizando aquellos proyectos eólicos que presenten riesgos significativos para la biodiversidad y los ecosistemas.
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