Galicia
Condenado un matrimonio de Lalín por no dar de alta a las trabajadoras de su local de alterne
La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a seis meses de prisión y al pago de una multa de 900 euros a cada uno de los miembros de un matrimonio propietario de un local de alterne en Lalín por un delito contra los derechos de los trabajadores. Según la sentencia, solo una de las once empleadas estaba dada de alta en la Seguridad Social, mientras que cuatro no lo estaban y las seis restantes no contaban con permiso para trabajar en España.
El tribunal determinó que la mujer era la administradora de la sociedad, mientras que su marido actuaba como encargado, supervisando horarios y condiciones laborales. Los magistrados subrayaron que, a pesar de conocer sus obligaciones, los acusados no solicitaron el alta de las trabajadoras en la Seguridad Social y contrataron a mujeres sin la autorización administrativa necesaria para trabajar en el país.

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a seis meses de prisión y al pago de una multa de 900 euros a cada uno de los miembros de un matrimonio propietario de un local de alterne en Lalín por un delito contra los derechos de los trabajadores. Según la sentencia, solo una de las once empleadas estaba dada de alta en la Seguridad Social, mientras que cuatro no lo estaban y las seis restantes no contaban con permiso para trabajar en España.
El tribunal determinó que la mujer era la administradora de la sociedad, mientras que su marido actuaba como encargado, supervisando horarios y condiciones laborales. Los magistrados subrayaron que, a pesar de conocer sus obligaciones, los acusados no solicitaron el alta de las trabajadoras en la Seguridad Social y contrataron a mujeres sin la autorización administrativa necesaria para trabajar en el país.
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