Galicia
El TSXG rechaza suspender la autorización para construir una línea de evacuación de energía en cuatro parques eólicos
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha decidido no suspender de manera cautelar la autorización otorgada por la Xunta para construir una línea de evacuación de energía destinada a cuatro parques eólicos, ubicada en los municipios de San Cristovo de Cea, Piñor, O Irixo (Ourense) y Dozón (Pontevedra). Esta autorización, concedida en marzo de 2024 a la empresa Serra do Faro, incluye los permisos administrativos previos y de construcción, y también declara la utilidad pública del proyecto, lo que implica su compatibilidad con varios usos forestales de la zona.
La infraestructura proyectada por la Xunta se extiende a lo largo de 18.755 metros y permitirá transportar la energía generada por los parques eólicos a una subestación futura de la Red Eléctrica de España. Según el TSXG, la puesta en marcha de esta línea beneficiará a la colectividad, incluyendo a vecinos, industrias y servicios generales, y justifica la ocupación urgente de los terrenos afectados.
La Sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG ha ponderado los intereses en conflicto, evaluando el objetivo de la asociación ecologista, que busca proteger el medio ambiente, frente a la necesidad de la promotora de construir esta infraestructura para el transporte de energía eléctrica. En su resolución, el tribunal ha concluido que la importancia de completar urgentemente la infraestructura eléctrica supera las preocupaciones ambientales, ya que no se ha demostrado que el proyecto conlleve riesgos irreparables.
No obstante, el auto incluye dos votos particulares de magistrados que discrepan de esta decisión. Los jueces disidentes argumentan que la construcción debería paralizarse de forma cautelar debido a su posible impacto ambiental, señalando que el trazado de la línea atraviesa robledales, se encuentra a unos 400 metros de la Red Natura y pasa por el área del Monasterio de Oseira. Además, consideran que la infraestructura afectaría a más de 300 fincas, lo que implica una expropiación forzosa significativa.
Los magistrados también advierten que la línea está estrechamente vinculada a la reanudación de algunos parques eólicos que, actualmente, se encuentran suspendidos cautelarmente, y que existe el riesgo de que, en el futuro, el proyecto pueda carecer de utilidad práctica, lo que podría resultar en reclamaciones económicas por parte de la empresa contra la Xunta, como ya sucedió en otros casos similares, como el del parque eólico de O Oribio.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha decidido no suspender de manera cautelar la autorización otorgada por la Xunta para construir una línea de evacuación de energía destinada a cuatro parques eólicos, ubicada en los municipios de San Cristovo de Cea, Piñor, O Irixo (Ourense) y Dozón (Pontevedra). Esta autorización, concedida en marzo de 2024 a la empresa Serra do Faro, incluye los permisos administrativos previos y de construcción, y también declara la utilidad pública del proyecto, lo que implica su compatibilidad con varios usos forestales de la zona.
La infraestructura proyectada por la Xunta se extiende a lo largo de 18.755 metros y permitirá transportar la energía generada por los parques eólicos a una subestación futura de la Red Eléctrica de España. Según el TSXG, la puesta en marcha de esta línea beneficiará a la colectividad, incluyendo a vecinos, industrias y servicios generales, y justifica la ocupación urgente de los terrenos afectados.
La Sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG ha ponderado los intereses en conflicto, evaluando el objetivo de la asociación ecologista, que busca proteger el medio ambiente, frente a la necesidad de la promotora de construir esta infraestructura para el transporte de energía eléctrica. En su resolución, el tribunal ha concluido que la importancia de completar urgentemente la infraestructura eléctrica supera las preocupaciones ambientales, ya que no se ha demostrado que el proyecto conlleve riesgos irreparables.
No obstante, el auto incluye dos votos particulares de magistrados que discrepan de esta decisión. Los jueces disidentes argumentan que la construcción debería paralizarse de forma cautelar debido a su posible impacto ambiental, señalando que el trazado de la línea atraviesa robledales, se encuentra a unos 400 metros de la Red Natura y pasa por el área del Monasterio de Oseira. Además, consideran que la infraestructura afectaría a más de 300 fincas, lo que implica una expropiación forzosa significativa.
Los magistrados también advierten que la línea está estrechamente vinculada a la reanudación de algunos parques eólicos que, actualmente, se encuentran suspendidos cautelarmente, y que existe el riesgo de que, en el futuro, el proyecto pueda carecer de utilidad práctica, lo que podría resultar en reclamaciones económicas por parte de la empresa contra la Xunta, como ya sucedió en otros casos similares, como el del parque eólico de O Oribio.
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