Galicia
Condenan a un hombre por afeitar las cejas a su pareja mientras dormía
El tribunal le impone una pena de dos años y cuatro meses de prisión por delitos de integridad moral, lesiones y vejaciones.
La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a un hombre a dos años y cuatro meses de prisión, además de 20 días de localización permanente, tras considerarlo responsable de afeitar las cejas y cortar el cabello de su pareja mientras esta dormía. El tribunal lo ha hallado culpable de un delito contra la integridad moral con la agravante de discriminación por género, de un delito de lesiones con la agravante de reincidencia, y de vejaciones injustas, con atenuante de alteración por consumo de alcohol y medicación. Además, se le ha impuesto una orden de alejamiento de la víctima durante siete años y cinco meses.
Según se recoge en la sentencia, el acusado, tras una noche de consumo de alcohol y pastillas, reaccionó agresivamente cuando su pareja se negó a mantener relaciones sexuales, la insultó y, ya cuando ella se quedó dormida, le afeito las cejas y le cortó el pelo. Al despertar, la víctima, horrorizada por su aspecto, fue agredida por el condenado, quien además la golpeó con una barra de toallero. La mujer, después de huir y pedir ayuda, presentó la denuncia correspondiente.
El tribunal subraya que la actuación del acusado fue motivada por razones de género, ya que los actos cometidos se dirigieron a denigrar a la mujer simplemente por serlo. La sentencia no es firme, ya que el condenado puede recurrir ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a un hombre a dos años y cuatro meses de prisión, además de 20 días de localización permanente, tras considerarlo responsable de afeitar las cejas y cortar el cabello de su pareja mientras esta dormía. El tribunal lo ha hallado culpable de un delito contra la integridad moral con la agravante de discriminación por género, de un delito de lesiones con la agravante de reincidencia, y de vejaciones injustas, con atenuante de alteración por consumo de alcohol y medicación. Además, se le ha impuesto una orden de alejamiento de la víctima durante siete años y cinco meses.
Según se recoge en la sentencia, el acusado, tras una noche de consumo de alcohol y pastillas, reaccionó agresivamente cuando su pareja se negó a mantener relaciones sexuales, la insultó y, ya cuando ella se quedó dormida, le afeito las cejas y le cortó el pelo. Al despertar, la víctima, horrorizada por su aspecto, fue agredida por el condenado, quien además la golpeó con una barra de toallero. La mujer, después de huir y pedir ayuda, presentó la denuncia correspondiente.
El tribunal subraya que la actuación del acusado fue motivada por razones de género, ya que los actos cometidos se dirigieron a denigrar a la mujer simplemente por serlo. La sentencia no es firme, ya que el condenado puede recurrir ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
































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