PROVINCIA DE PONTEVEDRA
Un Juzgado anula factura de UFD de más de 15.000 euros por consumo incorrecto
    
   
	 
    
	
    
        
    
    
        
          
		
    
        			        			        			        			        			        			        			        	
                                
                    
    
    
    
	
	
        
        
        			        			        			        			        			        			        			        
        
                
        
        El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Pontevedra ha anulado una factura complementaria por un importe de 15.640 euros, emitida por UFD Distribución Electricidad a una consumidora, al considerar que la compañía no demostró el supuesto fraude de manipulación del contador de luz. El tribunal desestimó el recurso interpuesto por la empresa y validó la resolución de la Xunta de Galicia, que había estimado la reclamación de la afectada.
 
 
El magistrado subraya que la consumidora alertó de la anomalía en el consumo desde 2021, al detectar que el contador registraba un consumo inferior al real. A pesar de su aviso, UFD tardó 16 meses en inspeccionar el contador. El juez considera que esta demora fue una muestra de "negligencia" por parte de la empresa, lo que llevó a la prolongación del supuesto error en el registro del consumo.
 
El informe técnico elaborado por un ingeniero de la Xunta y presentado durante el juicio desmintió las acusaciones de fraude. El técnico explicó que el contador del local no era compatible con la nueva normativa de tarifas eléctricas de 2021 y que, probablemente, se modificó para adaptarlo, lo que originó el error en el registro. Además, el perito aclaró que los indicios presentados por UFD, que incluían fotografías del contador, no eran propios de un fraude, ya que no se encontraron pruebas de manipulación.
 
El magistrado también señaló que la inspección realizada por UFD fue defectuosa, al no contar con un técnico independiente y no avisar a la consumidora, lo que generó una situación de indefensión. Además, la prueba fotográfica presentada no contaba con sello de autenticidad ni marca de fecha, lo que no permitió acreditar de manera suficiente la existencia de la infracción.
 
La sentencia es firme y no admite recurso de apelación, dejando en evidencia la falta de pruebas por parte de la empresa para justificar la factura complementaria emitida.
        
        
    
       
            
    
        
        
	
    
                                                                                            	
                                        
                                                                                                                                            
    
    
	
    

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Pontevedra ha anulado una factura complementaria por un importe de 15.640 euros, emitida por UFD Distribución Electricidad a una consumidora, al considerar que la compañía no demostró el supuesto fraude de manipulación del contador de luz. El tribunal desestimó el recurso interpuesto por la empresa y validó la resolución de la Xunta de Galicia, que había estimado la reclamación de la afectada.
El magistrado subraya que la consumidora alertó de la anomalía en el consumo desde 2021, al detectar que el contador registraba un consumo inferior al real. A pesar de su aviso, UFD tardó 16 meses en inspeccionar el contador. El juez considera que esta demora fue una muestra de "negligencia" por parte de la empresa, lo que llevó a la prolongación del supuesto error en el registro del consumo.
El informe técnico elaborado por un ingeniero de la Xunta y presentado durante el juicio desmintió las acusaciones de fraude. El técnico explicó que el contador del local no era compatible con la nueva normativa de tarifas eléctricas de 2021 y que, probablemente, se modificó para adaptarlo, lo que originó el error en el registro. Además, el perito aclaró que los indicios presentados por UFD, que incluían fotografías del contador, no eran propios de un fraude, ya que no se encontraron pruebas de manipulación.
El magistrado también señaló que la inspección realizada por UFD fue defectuosa, al no contar con un técnico independiente y no avisar a la consumidora, lo que generó una situación de indefensión. Además, la prueba fotográfica presentada no contaba con sello de autenticidad ni marca de fecha, lo que no permitió acreditar de manera suficiente la existencia de la infracción.
La sentencia es firme y no admite recurso de apelación, dejando en evidencia la falta de pruebas por parte de la empresa para justificar la factura complementaria emitida.

























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