Galicia
Condenan a una enfermera por acceder sin permiso al historial clínico de una madre y su hijo
La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a una enfermera que trabajaba en el Servizo Galego de Saúde (Sergas) a seis años y medio de prisión por acceder, de forma ilícita, al historial clínico de una mujer y de su hijo. La Sala considera probado que la acusada realizó un total de 13 consultas a través del programa IANUS, sin el consentimiento de las víctimas. De estas, tres consultas fueron a la historia clínica de la madre, y diez al historial del menor.
Además de la pena de prisión, el tribunal ha impuesto a la condenada el pago de una indemnización de 2.000 euros a cada una de las víctimas. Sin embargo, no ha quedado probado que la enfermera hubiera compartido la información obtenida con terceros.
La sentencia destaca que la relación personal entre la enfermera y las víctimas había terminado en junio de 2018, debido a un conflicto relacionado con una excursión escolar. Este hecho refuerza la conclusión del tribunal de que no existió ningún consentimiento explícito o tácito para acceder a los datos médicos, tal como intentó argumentar la defensa. La sentencia aún no es firme y cabe recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a una enfermera que trabajaba en el Servizo Galego de Saúde (Sergas) a seis años y medio de prisión por acceder, de forma ilícita, al historial clínico de una mujer y de su hijo. La Sala considera probado que la acusada realizó un total de 13 consultas a través del programa IANUS, sin el consentimiento de las víctimas. De estas, tres consultas fueron a la historia clínica de la madre, y diez al historial del menor.
Además de la pena de prisión, el tribunal ha impuesto a la condenada el pago de una indemnización de 2.000 euros a cada una de las víctimas. Sin embargo, no ha quedado probado que la enfermera hubiera compartido la información obtenida con terceros.
La sentencia destaca que la relación personal entre la enfermera y las víctimas había terminado en junio de 2018, debido a un conflicto relacionado con una excursión escolar. Este hecho refuerza la conclusión del tribunal de que no existió ningún consentimiento explícito o tácito para acceder a los datos médicos, tal como intentó argumentar la defensa. La sentencia aún no es firme y cabe recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.129