Galicia
La Audiencia de A Coruña otorga la custodia de un menor de 14 años a su padre tras valorar su interés superior
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de A Coruña ha dictado una sentencia en la que atribuye la guarda y custodia de un menor de 14 años a su padre, tras estimar el recurso de apelación presentado por este. El fallo, basado en el interés superior del adolescente, modifica el régimen de convivencia anterior y establece para la madre un sistema de visitas igual al que el padre tenía hasta ahora.
Fundamentos de la decisión
El tribunal ha considerado que el cambio de custodia responde a las necesidades emocionales y psicológicas del menor, quien, según consta en la resolución, ha manifestado un "malestar significativo" durante su convivencia con la madre. El joven, que inició la adolescencia con conflictos derivados de esta etapa, reclamó insistentemente volver a vivir con su padre, alegando que con él se sentía "más seguro y atendido".
La Sala aplicó la doctrina del Tribunal Supremo y el artículo 2 de la Ley de Protección Jurídica del Menor, que prioriza el bienestar del menor en decisiones judiciales. Destacó que el cambio de domicilio del adolescente —que pasó de vivir con su padre y su pareja a hacerlo con su madre, su nuevo esposo y dos hermanos menores— alteró su estabilidad emocional y escolar.
Relación con los progenitores
La sentencia subraya que, pese a los conflictos, la madre reconoció las buenas habilidades parentales del padre, lo que refuerza la idoneidad del cambio. El tribunal también valoró que el menor mantiene un vínculo afectivo fuerte con su padre y que la nueva custodia podría mejorar su relación con ambos progenitores, tras una etapa marcada por discusiones frecuentes.
Recurso posible
La resolución no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo. Mientras, el fallo busca garantizar un entorno estable para el adolescente, en línea con su propio deseo y su desarrollo emocional.
Esta decisión judicial refleja la creciente consideración de la voz del menor en procesos de familia, especialmente cuando alcanza una edad en la que puede expresar sus preferencias de manera fundamentada.

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de A Coruña ha dictado una sentencia en la que atribuye la guarda y custodia de un menor de 14 años a su padre, tras estimar el recurso de apelación presentado por este. El fallo, basado en el interés superior del adolescente, modifica el régimen de convivencia anterior y establece para la madre un sistema de visitas igual al que el padre tenía hasta ahora.
Fundamentos de la decisión
El tribunal ha considerado que el cambio de custodia responde a las necesidades emocionales y psicológicas del menor, quien, según consta en la resolución, ha manifestado un "malestar significativo" durante su convivencia con la madre. El joven, que inició la adolescencia con conflictos derivados de esta etapa, reclamó insistentemente volver a vivir con su padre, alegando que con él se sentía "más seguro y atendido".
La Sala aplicó la doctrina del Tribunal Supremo y el artículo 2 de la Ley de Protección Jurídica del Menor, que prioriza el bienestar del menor en decisiones judiciales. Destacó que el cambio de domicilio del adolescente —que pasó de vivir con su padre y su pareja a hacerlo con su madre, su nuevo esposo y dos hermanos menores— alteró su estabilidad emocional y escolar.
Relación con los progenitores
La sentencia subraya que, pese a los conflictos, la madre reconoció las buenas habilidades parentales del padre, lo que refuerza la idoneidad del cambio. El tribunal también valoró que el menor mantiene un vínculo afectivo fuerte con su padre y que la nueva custodia podría mejorar su relación con ambos progenitores, tras una etapa marcada por discusiones frecuentes.
Recurso posible
La resolución no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo. Mientras, el fallo busca garantizar un entorno estable para el adolescente, en línea con su propio deseo y su desarrollo emocional.
Esta decisión judicial refleja la creciente consideración de la voz del menor en procesos de familia, especialmente cuando alcanza una edad en la que puede expresar sus preferencias de manera fundamentada.

































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