Salvaterra de Miño
El TSXG declara legalizables las obras de la Plataforma Logística de Salvaterra-As Neves
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dictaminado que las obras realizadas en el marco del proyecto de la Plataforma Logística e Industrial de Salvaterra-As Neves (Plisan) pueden ser legalizadas. La resolución, emitida por la Sala de lo Contencioso-administrativo, estima parcialmente el recurso presentado por el Consorcio de la Zona Franca de Vigo, la Autoridad Portuaria y el Instituto Galego de Vivenda e Solo (IGVS), revocando así parte de la sentencia previa del Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº3 de Pontevedra.
Fundamento jurídico de la decisión
Los magistrados consideran que, aunque se deba restablecer la legalidad urbanística, las obras en cuestión son "legalizables" y no "ilegalizables", como había determinado inicialmente el tribunal inferior. El fallo señala que, al tratarse de suelo rústico de protección ordinaria (y no de especial protección), los movimientos de tierra realizados están permitidos bajo la Ley del Suelo de Galicia (artículo 35.1.a).
Además, el TSXG subraya que la normativa actual contempla la posibilidad de regularizar obras ejecutadas sin licencia, por lo que carecería de sentido impedir su legalización en este caso. En concreto, el tribunal apunta a que dicha regularización podría realizarse bajo el artículo 152.3.b de la misma ley.
Recurso de casación posible
La sentencia no es firme, ya que las partes afectadas podrán presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. No obstante, la decisión del TSXG supone un avance significativo para el proyecto Plisan, impulsado como polo logístico estratégico para la región.
Esta resolución cierra provisionalmente un conflicto jurídico que se remonta a febrero de 2024, cuando el juzgado pontevedrés anuló parcialmente las obras por considerarlas contrarias a la normativa urbanística. Ahora, el alto tribunal gallego matiza ese criterio, abriendo la puerta a la regularización de los terrenos afectados.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dictaminado que las obras realizadas en el marco del proyecto de la Plataforma Logística e Industrial de Salvaterra-As Neves (Plisan) pueden ser legalizadas. La resolución, emitida por la Sala de lo Contencioso-administrativo, estima parcialmente el recurso presentado por el Consorcio de la Zona Franca de Vigo, la Autoridad Portuaria y el Instituto Galego de Vivenda e Solo (IGVS), revocando así parte de la sentencia previa del Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº3 de Pontevedra.
Fundamento jurídico de la decisión
Los magistrados consideran que, aunque se deba restablecer la legalidad urbanística, las obras en cuestión son "legalizables" y no "ilegalizables", como había determinado inicialmente el tribunal inferior. El fallo señala que, al tratarse de suelo rústico de protección ordinaria (y no de especial protección), los movimientos de tierra realizados están permitidos bajo la Ley del Suelo de Galicia (artículo 35.1.a).
Además, el TSXG subraya que la normativa actual contempla la posibilidad de regularizar obras ejecutadas sin licencia, por lo que carecería de sentido impedir su legalización en este caso. En concreto, el tribunal apunta a que dicha regularización podría realizarse bajo el artículo 152.3.b de la misma ley.
Recurso de casación posible
La sentencia no es firme, ya que las partes afectadas podrán presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. No obstante, la decisión del TSXG supone un avance significativo para el proyecto Plisan, impulsado como polo logístico estratégico para la región.
Esta resolución cierra provisionalmente un conflicto jurídico que se remonta a febrero de 2024, cuando el juzgado pontevedrés anuló parcialmente las obras por considerarlas contrarias a la normativa urbanística. Ahora, el alto tribunal gallego matiza ese criterio, abriendo la puerta a la regularización de los terrenos afectados.
Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.129