La justicia ha dictado sentencia por el asesinato que conmocionó al barrio de Coia en Vigo la pasada primavera. La Audiencia Provincial de Pontevedra ha impuesto una condena de 13 años y medio de prisión al hombre que mató a otro conocido con dos disparos de escopeta a las puertas de su vivienda el 6 de abril de 2024. El veredicto del Tribunal del Jurado, que declaró al acusado culpable de un delito de asesinato con alevosía y otro de tenencia de armas prohibidas, tuvo en cuenta tres atenuantes: alteración psíquica, miedo y confesión.
La magistrada presidenta del caso detalla en la sentencia cómo los hechos ocurrieron cuando el condenado abrió la puerta de su casa portando una escopeta de caza con el número de serie limado, con la que realizó dos disparos contra la víctima. El segundo de estos impactos se produjo a menos de un metro de distancia, alcanzando la mejilla y región cervical izquierda del fallecido con heridas que afectaron "zonas vitales" y resultaron incompatibles con la vida.
El tribunal subraya que la víctima "no tuvo oportunidad de reaccionar ni de defenderse, dada la forma en que se produjo el ataque", fundamentando así la concurrencia de alevosía en los hechos. Los miembros del jurado popular concluyeron que el acusado disparó "aceptando el resultado mortal que podría ocasionar", considerando acreditado el ánimo de matar.
En cuanto a las circunstancias atenuantes, la sentencia reconoce que el condenado tenía en el momento de los hechos "su capacidad volitiva levemente mermada" al estar diagnosticado de trastorno mental y comportamiento por consumo de alcohol y opioides, habiendo ingerido también cocaína y cannabis. Además, se acepta que "actuó por pánico o terror tal, ante la presencia de la víctima con un cuchillo y una barra de acero, que limitó levemente su capacidad de actuar de otra manera".
La confesión del acusado mientras estaba detenido como posible autor de los hechos constituye la tercera atenuante aplicada, al haber contribuido "de forma eficaz a la investigación" según establece la resolución judicial.
Entre las fuentes de prueba que sustentan la condena destacan la declaración del propio condenado, el informe forense que detalla las lesiones mortales y el análisis criminalístico de los disparos. La magistrada valora que el Tribunal del Jurado desarrolló "de forma lógica" las razones para considerar probados los hechos.
La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), pone punto final a uno de los casos criminales que mayor impacto social generaron en Vigo durante el pasado año, marcado por la violencia extrema y las circunstancias personales de ambos implicados.
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