Domingo, 16 de Noviembre de 2025

Redacción / Xornal21.es
Domingo, 16 de Noviembre de 2025 Tiempo de lectura:
Actualidad

Trabajadores en baja médica o maternidad: ¿pueden acudir a la cena de Navidad de la empresa?

La normativa laboral española no establece supuestos concretos  |Image licensed by © Ingram ImageLa normativa laboral española no establece supuestos concretos |Image licensed by © Ingram Image

Expertos jurídicos analizan los derechos laborales en festejos navideños, donde la exclusión por maternidad podría constituir discriminación

La proximidad de las celebraciones navideñas plantea cada año dudas sobre los derechos de los trabajadores que se encuentran en situación de baja médica o permiso por maternidad. Según análisis jurídicos especializados, la asistencia a la cena de empresa no está expresamente prohibida durante una baja médica, pero debe ser compatible con la patología que motiva la incapacidad temporal.

 

 

La normativa laboral española no establece supuestos concretos sobre lo que un trabajador puede o no hacer durante una baja médica. La clave, según expertos de Legálitas, reside en que la actividad social no contradiga las recomendaciones médicas. "Si acudir a dicha cena contradice las recomendaciones del facultativo podría interpretarse como una infracción de su obligación de buscar su pronta recuperación", explican los especialistas.

 

El concepto de "buena fe contractual" resulta fundamental en estos casos. Según el Código Civil, este principio significa que "la conducta del que ejercita dicho derecho se ajuste a normas éticas", lo que incluye no realizar "un acto equívoco para beneficiarse intencionalmente de su dudosa significación".

 

La situación cambia radicalmente cuando se trata de trabajadoras en permiso por maternidad. La ley protege con especial rigor la suspensión del contrato por nacimiento, adopción o acogimiento y prohíbe cualquier trato que suponga discriminación por razón de maternidad. Excluir a una persona trabajadora de un acto social por estar en esta situación "podría constituir un trato discriminatorio y entraña riesgos jurídicos para la empresa", advierten los expertos.

 

En cuanto a las ces tas navideñas, estas deben entenderse como un obsequio empresarial cuyo reparto, por práctica habitual, puede realizarse a la totalidad de la plantilla independientemente de su situación laboral. Negar la cesta a quienes estén de baja "podría generar un agravio comparativo o interpretarse como un comportamiento discriminatorio".

 

La recomendación jurídica para las empresas es clara: la invitación a eventos navideños debe extenderse también a las personas trabajadoras que estén en situación de baja médica o permiso por maternidad, dejando en sus manos la decisión final de asistir o no, evitando así posibles interpretaciones de trato discriminatorio.

 

Comentarios
Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.49

Todavía no hay comentarios

Portada

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.