Provincia de Pontevedra
18 meses de cárcel por robar 2.100 euros con la tarjeta de un amigo
La Audiencia Provincial de Pontevedra aprecia la agravante de abuso de relaciones personales en un delito continuado de estafa, ya que la acusada aprovechó la confianza de la víctima, que falleció durante el proceso.
La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha impuesto una condena de dieciocho meses de prisión a una mujer por apropiarse de la tarjeta bancaria de un amigo y retirar más de 2.000 euros sin su autorización. La sentencia, hecha pública esta semana, considera probado que la acusada aprovechó la relación de confianza con la víctima —que tenía problemas de movilidad— para utilizar su tarjeta y PIN en diversas ocasiones entre abril y mayo de 2024.
El tribunal detalla que la condenada actuó con alevosía: se apoderó de la tarjeta “sin conocimiento ni consentimiento del afectado, bien cuando estaba dormido o despistándolo”. Los magistrados han apreciado la agravante de abuso de relaciones personales, dado que la amistad previa facilitó el acceso a los datos bancarios y la comisión del delito.
Junto a la pena de cárcel, se le impone el pago de una multa de 1.050 euros y una indemnización de 2.100 euros, que deberá abonar a los herederos de la víctima, ya fallecida. La sentencia subraya el carácter continuado de la estafa, al repetirse la sustracción de dinero en varias ocasiones durante dos meses.
La condena no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). El caso ejemplifica el creciente número de estafas cometidas en entornos de confianza, donde el conocimiento previo entre víctima y autor facilita este tipo de delitos económicos.

La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha impuesto una condena de dieciocho meses de prisión a una mujer por apropiarse de la tarjeta bancaria de un amigo y retirar más de 2.000 euros sin su autorización. La sentencia, hecha pública esta semana, considera probado que la acusada aprovechó la relación de confianza con la víctima —que tenía problemas de movilidad— para utilizar su tarjeta y PIN en diversas ocasiones entre abril y mayo de 2024.
El tribunal detalla que la condenada actuó con alevosía: se apoderó de la tarjeta “sin conocimiento ni consentimiento del afectado, bien cuando estaba dormido o despistándolo”. Los magistrados han apreciado la agravante de abuso de relaciones personales, dado que la amistad previa facilitó el acceso a los datos bancarios y la comisión del delito.
Junto a la pena de cárcel, se le impone el pago de una multa de 1.050 euros y una indemnización de 2.100 euros, que deberá abonar a los herederos de la víctima, ya fallecida. La sentencia subraya el carácter continuado de la estafa, al repetirse la sustracción de dinero en varias ocasiones durante dos meses.
La condena no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). El caso ejemplifica el creciente número de estafas cometidas en entornos de confianza, donde el conocimiento previo entre víctima y autor facilita este tipo de delitos económicos.


























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