Vigo
Un juzgado anula la licencia de parcelación en Cabo Estai por un defecto de forma clave
Un juez anuló la licencia de parcelación porque faltaba la alineación de un vial público exigida por la normativa. |Image licensed by © Ingram Image
La magistrada considera que la división de un terreno en cinco parcelas fue autorizada incorrectamente al no existir la alineación de un vial público requerida.
Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Vigo ha declarado nula la licencia municipal que permitía dividir un solar en la exclusiva zona de Cabo Estai, en Oia, en cinco parcelas más una de cesión. La magistrada estima íntegramente el recurso de un particular al concluir que el Concello de Vigo otorgó el permiso sin cumplir un requisito urbanístico fundamental: que los terrenos estuvieran delimitados por viales existentes o de nueva creación.
El fallo judicial, que aún no es firme, centra su argumentación en un defecto de forma. La jueza determina que, para cuando se concedió la licencia el 18 de junio de 2020, no se había trazado en el Instrumento de Ordenación Provisional de 2019 la alineación de un vial público que debía servir como límite de las parcelas. Este elemento era indispensable para legalizar la parcelación.
La sentencia recoge que, según el informe del secretario municipal de la época, en la documentación urbanística solo constaba un "sendero a pie" en esa ubicación, y no la vialización pública necesaria. Por lo tanto, la magistrada subraya que “no existía la alineación de vial público en el Instrumento de Ordenación Municipal” y, en consecuencia, “no debió concederse el permiso de parcelación”.
No obstante, el fallo desestima otro de los argumentos del recurrente, al considerar que no se infringieron las disposiciones del Plan de Ordenación del Litoral con la concesión de la licencia, tal y como se alegaba.
La resolución judicial supone un revés para la operación urbanística proyectada en la calle Antonio Cominges y deja en suspenso la división del terreno. Las partes disponen ahora de plazo para interponer un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que podría confirmar o revocar esta decisión.
Un juez anuló la licencia de parcelación porque faltaba la alineación de un vial público exigida por la normativa. |Image licensed by © Ingram ImageUna sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Vigo ha declarado nula la licencia municipal que permitía dividir un solar en la exclusiva zona de Cabo Estai, en Oia, en cinco parcelas más una de cesión. La magistrada estima íntegramente el recurso de un particular al concluir que el Concello de Vigo otorgó el permiso sin cumplir un requisito urbanístico fundamental: que los terrenos estuvieran delimitados por viales existentes o de nueva creación.
El fallo judicial, que aún no es firme, centra su argumentación en un defecto de forma. La jueza determina que, para cuando se concedió la licencia el 18 de junio de 2020, no se había trazado en el Instrumento de Ordenación Provisional de 2019 la alineación de un vial público que debía servir como límite de las parcelas. Este elemento era indispensable para legalizar la parcelación.
La sentencia recoge que, según el informe del secretario municipal de la época, en la documentación urbanística solo constaba un "sendero a pie" en esa ubicación, y no la vialización pública necesaria. Por lo tanto, la magistrada subraya que “no existía la alineación de vial público en el Instrumento de Ordenación Municipal” y, en consecuencia, “no debió concederse el permiso de parcelación”.
No obstante, el fallo desestima otro de los argumentos del recurrente, al considerar que no se infringieron las disposiciones del Plan de Ordenación del Litoral con la concesión de la licencia, tal y como se alegaba.
La resolución judicial supone un revés para la operación urbanística proyectada en la calle Antonio Cominges y deja en suspenso la división del terreno. Las partes disponen ahora de plazo para interponer un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que podría confirmar o revocar esta decisión.

































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