Martes, 09 de Junio de 2026

Actualizada Lunes, 08 de Junio de 2026 a las 21:35:25 horas

Redacción / Xornal21.es
Martes, 09 de Diciembre de 2025 Tiempo de lectura:
Vigo

Ratificada la prisión para el extraditado condenado por violación en Vigo

La Audiencia Provincial de Pontevedra destaca el "elevado riesgo de fuga" tras su huida a República Dominicana, a pesar de tener prohibido salir de España.

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha ratificado la prisión provisional, comunicada y sin fianza, para el hombre condenado por la violación ocurrida en Travesía de Vigo y que fue extraditado desde República Dominicana. La Sección Quinta, con sede en Vigo, ha celebrado una comparecencia por videoconferencia para validar la medida cautelar acordada inicialmente por un juzgado de Madrid.

 

 

El auto judicial subraya de manera contundente la "gravedad y naturaleza de los hechos" por los que fue condenado, así como la "extensa duración de las penas privativas de libertad impuestas". Sin embargo, el núcleo de la decisión se centra en el comportamiento del condenado, que demostró un claro intento de eludir a la justicia.

 

Los magistrados recuerdan que el individuo se encontraba en libertad provisional con medidas cautelares desde noviembre de 2022, ratificadas en enero de 2024. Estas medidas incluían la obligación de comparecer ante el tribunal cada quince días, comunicar cualquier cambio de domicilio y, de forma crucial, la prohibición expresa de salir del territorio nacional, con la consiguiente retirada de su pasaporte español.

 

“Pese a ello, ha abandonado el territorio nacional”, relata el auto. Fue detectado en mayo de 2025 en el aeropuerto de Zúrich, en un vuelo procedente de Oporto y con intención de viajar a Punta Cana, portando un pasaporte de República Dominicana. Tras no ser retenido por las autoridades suizas, continuó su viaje, lo que obligó a solicitar su extradición el pasado mes de junio.

 

Para el tribunal, esta huida constituye "causa suficientemente razonable" para considerar la concurrencia de un "elevado riesgo" de que el condenado intente de nuevo sustraerse a la acción de la justicia. Por ello, ratifica la prisión provisional solicitada por el Ministerio Fiscal y la acusación particular.

 

La medida se mantendrá hasta la firmeza de la sentencia, pero con un límite máximo de cinco años y nueve meses (la mitad de la pena impuesta), computándose el tiempo que ya haya estado en prisión preventiva por esta causa.

 
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