GALICIA
La temporada de pesca en ríos gallegos arranca el 15 de marzo.
La próxima temporada de pesca continental en Galicia dará comienzo, de forma general, el próximo 15 de marzo de 2026 |Image licensed by © Ingram Image
La Xunta regula la campaña del próximo año, con fechas específicas para el reo y la trucha, e impulsa la 'pesca sin muerte' en determinados cotos.
La Consellería do Medio Rural ha fijado ya las reglas del juego para los pescadores de río en 2026. Mediante una orden publicada este lunes en el Diario Oficial de Galicia, la Xunta regula la próxima temporada de pesca continental, que dará comienzo de forma general el 15 de marzo y se prolongará hasta el 31 de julio. La normativa detalla los periodos hábiles, cupos y restricciones, centrándose especialmente en el reo (salmón atlántico) y la trucha.
Para el reo, la ventana principal de pesca se abre el 1 de mayo y se cierra el 31 de julio. Sin embargo, la orden contempla extensiones en cotos concretos. En los de Betanzos, Noia, Noval, Ombre, Padrón, A Ponte do Porto, Ribeiras, Segade, Traba, Xuvia y Lambre, la temporada se alargará hasta el 30 de septiembre. En los de Ponte Arnelas, Pontevea y Sinde, finalizará el 31 de agosto. Los pescadores podrán capturar un máximo de dos ejemplares por persona y día, con una talla mínima de 35 centímetros, reducida a 25 en el tramo compartido del río Eo.
Respecto a la trucha, la campaña general coincide con la fecha global (15 de marzo - 31 de julio). No obstante, introduce una novedad significativa: en los cotos con convenio de colaboración se permitirá la práctica de "pesca sin muerte" (captura y suelta) desde el inicio de temporada hasta el 30 de septiembre. En las aguas salmoneras, de reo o de montaña, el comienzo se retrasará hasta el 1 de mayo. La cota máxima de captura se establece en seis ejemplares diarios, con una talla mínima de 19 centímetros.
La orden también especifica los cebos y señuelos autorizados. Para el reo, se permiten los artificiales —mosca, cucharilla, pez artificial— y los naturales, con la excepción de cualquier tipo de huevas de peces y el pez natural. En las aguas salmoneras, no se permiten los cebos naturales y la cucharilla no podrá superar los 6,5 centímetros de longitud.
La normativa mantiene la veda total y permanente para varias especies en todas las masas de agua: cangrejo de río, lamprea, espinoso, bermejuela y anguila. La saboga solo podrá pescarse, entre el 1 de mayo y el 7 de junio, en un tramo específico del río Ulla. Como es preceptivo, se prohíbe la captura de salmón en todas las aguas continentales gallegas.
Por el contrario, se autoriza de forma expresa la pesca de varias especies exóticas invasoras —como la perca americana, la carpa, el cangrejo rojo americano y el cangrejo señal— en los ámbitos territoriales que detalla la orden, como medida de control.
En cuanto a los días hábiles, con carácter general se declaran inhábiles todos los lunes, excepto si son festivos. Los jueves no festivos serán hábiles únicamente para practicar la modalidad de "pesca sin muerte" en todas las masas de agua.
La próxima temporada de pesca continental en Galicia dará comienzo, de forma general, el próximo 15 de marzo de 2026 |Image licensed by © Ingram ImageLa Consellería do Medio Rural ha fijado ya las reglas del juego para los pescadores de río en 2026. Mediante una orden publicada este lunes en el Diario Oficial de Galicia, la Xunta regula la próxima temporada de pesca continental, que dará comienzo de forma general el 15 de marzo y se prolongará hasta el 31 de julio. La normativa detalla los periodos hábiles, cupos y restricciones, centrándose especialmente en el reo (salmón atlántico) y la trucha.
Para el reo, la ventana principal de pesca se abre el 1 de mayo y se cierra el 31 de julio. Sin embargo, la orden contempla extensiones en cotos concretos. En los de Betanzos, Noia, Noval, Ombre, Padrón, A Ponte do Porto, Ribeiras, Segade, Traba, Xuvia y Lambre, la temporada se alargará hasta el 30 de septiembre. En los de Ponte Arnelas, Pontevea y Sinde, finalizará el 31 de agosto. Los pescadores podrán capturar un máximo de dos ejemplares por persona y día, con una talla mínima de 35 centímetros, reducida a 25 en el tramo compartido del río Eo.
Respecto a la trucha, la campaña general coincide con la fecha global (15 de marzo - 31 de julio). No obstante, introduce una novedad significativa: en los cotos con convenio de colaboración se permitirá la práctica de "pesca sin muerte" (captura y suelta) desde el inicio de temporada hasta el 30 de septiembre. En las aguas salmoneras, de reo o de montaña, el comienzo se retrasará hasta el 1 de mayo. La cota máxima de captura se establece en seis ejemplares diarios, con una talla mínima de 19 centímetros.
La orden también especifica los cebos y señuelos autorizados. Para el reo, se permiten los artificiales —mosca, cucharilla, pez artificial— y los naturales, con la excepción de cualquier tipo de huevas de peces y el pez natural. En las aguas salmoneras, no se permiten los cebos naturales y la cucharilla no podrá superar los 6,5 centímetros de longitud.
La normativa mantiene la veda total y permanente para varias especies en todas las masas de agua: cangrejo de río, lamprea, espinoso, bermejuela y anguila. La saboga solo podrá pescarse, entre el 1 de mayo y el 7 de junio, en un tramo específico del río Ulla. Como es preceptivo, se prohíbe la captura de salmón en todas las aguas continentales gallegas.
Por el contrario, se autoriza de forma expresa la pesca de varias especies exóticas invasoras —como la perca americana, la carpa, el cangrejo rojo americano y el cangrejo señal— en los ámbitos territoriales que detalla la orden, como medida de control.
En cuanto a los días hábiles, con carácter general se declaran inhábiles todos los lunes, excepto si son festivos. Los jueves no festivos serán hábiles únicamente para practicar la modalidad de "pesca sin muerte" en todas las masas de agua.































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