Vigo
Un delegado sindical despedido en Vigo por usar horas de trabajo para ir a la playa
El sindicalista usaba horas de la empresa para actividades privadas y lucrativas |Image licensed by © Ingram Image
Un Juzgado de lo Social de Vigo ha declarado absolutamente procedente el despido de un representante legal de los trabajadores tras demostrarse que utilizaba el crédito horario sindical —tiempo retribuido concedido para sus funciones de delegado— para dedicarse a actividades privadas y lucrativas. La sentencia, que desestima la demanda del empleado, detalla que durante esas horas el sindicalista fue filmado por detectives realizando trabajos manuales "en lo que aparenta ser un chiringuito", acudiendo a una playa acompañado de su familia y atendiendo "asuntos particulares" completamente ajenos a su cargo.
La investigación, encargada por la empresa ante las reiteradas sospechas de fraude, se centró en seis días concretos. Los detectives documentaron con informes y material gráfico cómo el trabajador, en lugar de dedicarse a labores de representación, desarrollaba actividades personales y de ocio. El juez subraya en su resolución que, durante las horas sindicales, el demandante "realizó trabajos en lo que aparenta ser un chiringuito, con riesgo para su integridad física", además de acudir a la playa y ocuparse de otros "asuntos privados".
Frente a la denuncia del trabajador, que alegó violación de su derecho a la intimidad por el seguimiento privado, el juzgado respalda plenamente la actuación empresarial. La sentencia argumenta que la vigilancia fue "proporcionada, al no tratarse de una investigación caprichosa", e "idónea y necesaria, toda vez que no se concibe otra medida distinta destinada a averiguar los hechos". Aunque reconoce que parte del seguimiento se realizó en las inmediaciones del domicilio del sindicalista, destaca que "en el informe no consta ninguna imagen en la que se observe su casa", por lo que no se vulneró su intimidad doméstica.
El fallo, que aún no es firme y puede ser recurrido ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), establece un precedente al considerar válida "la prueba de detectives cuando se proyecta sobre el uso del crédito horario de los representantes de los trabajadores". Con ello, la Justicia avala no solo la decisión de extinguir el contrato por uso fraudulento de horas retribuidas, sino también los métodos de control empleados por la empresa para acreditar la infracción, considerándolos legales, proporcionados y justificados ante la imposibilidad de probar el fraude por otros medios.
El sindicalista usaba horas de la empresa para actividades privadas y lucrativas |Image licensed by © Ingram ImageUn Juzgado de lo Social de Vigo ha declarado absolutamente procedente el despido de un representante legal de los trabajadores tras demostrarse que utilizaba el crédito horario sindical —tiempo retribuido concedido para sus funciones de delegado— para dedicarse a actividades privadas y lucrativas. La sentencia, que desestima la demanda del empleado, detalla que durante esas horas el sindicalista fue filmado por detectives realizando trabajos manuales "en lo que aparenta ser un chiringuito", acudiendo a una playa acompañado de su familia y atendiendo "asuntos particulares" completamente ajenos a su cargo.
La investigación, encargada por la empresa ante las reiteradas sospechas de fraude, se centró en seis días concretos. Los detectives documentaron con informes y material gráfico cómo el trabajador, en lugar de dedicarse a labores de representación, desarrollaba actividades personales y de ocio. El juez subraya en su resolución que, durante las horas sindicales, el demandante "realizó trabajos en lo que aparenta ser un chiringuito, con riesgo para su integridad física", además de acudir a la playa y ocuparse de otros "asuntos privados".
Frente a la denuncia del trabajador, que alegó violación de su derecho a la intimidad por el seguimiento privado, el juzgado respalda plenamente la actuación empresarial. La sentencia argumenta que la vigilancia fue "proporcionada, al no tratarse de una investigación caprichosa", e "idónea y necesaria, toda vez que no se concibe otra medida distinta destinada a averiguar los hechos". Aunque reconoce que parte del seguimiento se realizó en las inmediaciones del domicilio del sindicalista, destaca que "en el informe no consta ninguna imagen en la que se observe su casa", por lo que no se vulneró su intimidad doméstica.
El fallo, que aún no es firme y puede ser recurrido ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), establece un precedente al considerar válida "la prueba de detectives cuando se proyecta sobre el uso del crédito horario de los representantes de los trabajadores". Con ello, la Justicia avala no solo la decisión de extinguir el contrato por uso fraudulento de horas retribuidas, sino también los métodos de control empleados por la empresa para acreditar la infracción, considerándolos legales, proporcionados y justificados ante la imposibilidad de probar el fraude por otros medios.



































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