Martes, 24 de Marzo de 2026

Actualizada Lunes, 23 de Marzo de 2026 a las 22:25:36 horas

Redacción VIGO
Martes, 24 de Marzo de 2026 Tiempo de lectura:
Provincia de Pontevedra

La justicia archiva la querella del presidente de Cabral contra la Plataforma de Afectados por Comunidades de Montes

El Juzgado de Instrucción número 3 de Vigo entiende que las expresiones vertidas en un vídeo sobre presiones a propietarios no constituyen delito de injurias ni calumnias. El querellante ha recurrido ya la decisión.

La guerra judicial entre el presidente de la Comunidad de Montes en Man Común Santa Mariña de Cabral y la Plataforma Galega de Afectados por Comunidades de Montes ha dado un nuevo vuelco. El Juzgado de Instrucción número 3 de Vigo acordó el archivo provisional de la querella por injurias y calumnias interpuesta por Luis Rodríguez Pérez contra la organización, su presidenta y dos particulares, tras considerar que las declaraciones realizadas en un vídeo no tienen relevancia penal.

 

 

El conflicto se remonta a la publicación de un vídeo en la página web de la Plataforma y en su canal de YouTube, en el que vecinos y propietarios de distintas parroquias como Tameiga (Mos) y Cabral (Vigo) narraban las presiones que, según su testimonio, sufrían en sus propiedades. En la grabación, la presidenta de la Plataforma, Beatriz Ucha, explicaba cómo algunos comuneros se sentían amenazados: "Lo que hace la comunidad de montes es visitarlos, de algún modo intimidando, comentando que hay que llegar a un acuerdo porque esto es monte, o notificando a través de un burofax más de lo mismo".

 

 

La querela se dirigió contra Ucha, contra Ramón Arines —dueño de una parcela junto al aparcamiento de Ifevi que también aparecía en el vídeo— y contra Fernando Fernández Molares, el principal opositor en la comunidad de montes de Cabral a la actual directiva. Sin embargo, el juzgado ha considerado que ninguna de las expresiones denunciadas constituye delito.

 

En el caso de Beatriz Ucha, el auto judicial sostiene que sus manifestaciones "carecen de relevancia penal" porque no se dirigen ni directa ni indirectamente al querellante ni se le acusa de haber proferido amenazas. El tribunal entiende que se trata de un "sentimiento común" integrado en el discurso de Ucha como portavoz de su asociación, sin que quepa atribuirle la intención de atacar la honorabilidad del presidente de los comuneiros de Cabral.

 

Respecto a Ramón Arines, el auto recoge que frases como "me amenazaron", "me tiraron un muro" o "me quemaron la finca" , dirigidas a quienes realizaron esos actos, son de una generalidad tal que tampoco pueden considerarse lesivas para la dignidad de Rodríguez. El juzgado entiende que se trata de una exposición de hechos que el denunciante consideraba probados, sin que en ellas se vierta acusación directa contra el querellante.

 

En cuanto a Fernando Fernández Molares, la situación ya había sido resuelta previamente. La Audiencia Provincial decretó el archivo de la querela contra él hace tres meses, por lo que su situación procesal estaba ya cerrada antes de esta nueva resolución.

 

Un detalle que no ha pasado desapercibido en el procedimiento es que el propio Luis Rodríguez participa en el vídeo que dio origen a la querela. Según consta en las actuaciones, la Plataforma le dio voz en su día para que expusiera su posición, un hecho que el juzgado ha tenido en cuenta a la hora de valorar la existencia o no de un ánimo injurioso por parte de los denunciados.

 

Pese a este nuevo revés judicial, el presidente de los comuneiros de Cabral no ha dado por concluido el litigio. Rodríguez ha interpuesto ya un recurso ante la Audiencia Provincial contra la decisión de archivo provisional, por lo que la última palabra la tendrá la instancia superior.

 

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