Galicia
La futura ley educativa gallega prohibirá grabar clases sin autorización y difundir exámenes en redes sociales
El anteproyecto, que será sometido a exposición pública en los próximos días, limita el uso pedagógico de móviles hasta 3º de ESO y regula el uso de la IA bajo supervisión humana
El presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, anunció que la futura Lei de educación dixital de Galicia prohibirá la grabación de las clases sin autorización por parte de las familias, alumnos o terceras personas ajenas al personal docente. El anteproyecto, cuya redacción acaba de ser terminada, fue analizado por el Consello da Xunta y será sometido a exposición pública en los próximos días.
La norma, prevista para ser remitida al Parlamento "antes de que termine este año", establece que, salvo autorización expresa, queda prohibida la grabación en audio o vídeo de las sesiones de clase, tutorías o cualquier otra actividad docente, tanto presenciales como virtuales. También queda prohibida su reproducción o difusión mediante redes sociales, servicios de mensajería instantánea o cualquier otro medio digital.
El presidente destacó que la ley es pionera a nivel estatal y recoge las condiciones de grabación de las sesiones educativas y la docencia virtual, haciendo hincapié en el derecho del profesorado a ejercer su actividad docente en condiciones de respeto y seguridad en los entornos digitales.
Prohibición de teléfonos móviles
La norma reforzará la prohibición de los teléfonos móviles en los centros educativos. Hasta ahora estaba prohibido el empleo de los dispositivos en todo el recinto escolar, pero se permitía su uso pedagógico en todas las etapas educativas. Con la nueva ley, ese uso se acotará a partir de 3º de ESO, restringiéndose en cursos inferiores.
Asimismo, la ley blinda que la actividad educativa de los estudiantes se desarrolle en modo privado, garantizando que el proceso se realice en condiciones de dignidad, privacidad y respeto en el ámbito digital. El profesorado no podrá utilizar, a título individual, en redes sociales o medios digitales personales, imágenes, voz ni otros datos personales del alumnado derivados de actividades escolares, incluidos los exámenes, salvo autorización expresa.
Autoridad pública en el entorno digital
Rueda destacó que se extiende "al entorno digital la condición de autoridad pública del profesorado" que ya opera en la aula. A partir de la entrada en vigor de la nueva ley, esta condición será igualmente aplicable a las interacciones y actividades que el profesorado desarrolle a través de medios digitales en el ejercicio de sus funciones docentes.
Se considerará que el profesorado actúa en el ejercicio de su autoridad pública en entornos digitales cuando la comunicación o interacción en línea tenga su origen o esté vinculada con las funciones educativas y orientadoras a través de plataformas, herramientas o medios digitales habilitados por el centro o la Administración educativa.
Regulación de la inteligencia artificial
La futura ley también regula los usos permitidos y prohibidos de la inteligencia artificial en la educación, lo que convierte a Galicia en la primera comunidad autónoma en hacerlo. Podrán emplearse los sistemas de IA con un carácter auxiliar o de apoyo en la toma de decisiones educativas, pero siempre bajo supervisión humana.
Además, Galicia se convierte también en la primera comunidad autónoma en regular el derecho a la desconexión digital del alumnado fuera del horario lectivo.
Uso de dispositivos por etapas educativas
La ley adecuará el uso de la tecnología en las aulas en función de la etapa educativa y la madurez del alumnado. El uso de los medios digitales en Infantil y en los dos primeros ciclos de Primaria se limitará a un uso colectivo, mientras que el uso individual comenzará a partir de 5º de Primaria.
La futura ley ejercerá como un pilar fundamental en la consolidación del modelo gallego de enseñanza híbrida, donde se combinan los recursos físicos con las nuevas tecnologías de manera que ambas convivan en armonía y se complementen para garantizar la mejor formación del alumnado.

El presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, anunció que la futura Lei de educación dixital de Galicia prohibirá la grabación de las clases sin autorización por parte de las familias, alumnos o terceras personas ajenas al personal docente. El anteproyecto, cuya redacción acaba de ser terminada, fue analizado por el Consello da Xunta y será sometido a exposición pública en los próximos días.
La norma, prevista para ser remitida al Parlamento "antes de que termine este año", establece que, salvo autorización expresa, queda prohibida la grabación en audio o vídeo de las sesiones de clase, tutorías o cualquier otra actividad docente, tanto presenciales como virtuales. También queda prohibida su reproducción o difusión mediante redes sociales, servicios de mensajería instantánea o cualquier otro medio digital.
El presidente destacó que la ley es pionera a nivel estatal y recoge las condiciones de grabación de las sesiones educativas y la docencia virtual, haciendo hincapié en el derecho del profesorado a ejercer su actividad docente en condiciones de respeto y seguridad en los entornos digitales.
Prohibición de teléfonos móviles
La norma reforzará la prohibición de los teléfonos móviles en los centros educativos. Hasta ahora estaba prohibido el empleo de los dispositivos en todo el recinto escolar, pero se permitía su uso pedagógico en todas las etapas educativas. Con la nueva ley, ese uso se acotará a partir de 3º de ESO, restringiéndose en cursos inferiores.
Asimismo, la ley blinda que la actividad educativa de los estudiantes se desarrolle en modo privado, garantizando que el proceso se realice en condiciones de dignidad, privacidad y respeto en el ámbito digital. El profesorado no podrá utilizar, a título individual, en redes sociales o medios digitales personales, imágenes, voz ni otros datos personales del alumnado derivados de actividades escolares, incluidos los exámenes, salvo autorización expresa.
Autoridad pública en el entorno digital
Rueda destacó que se extiende "al entorno digital la condición de autoridad pública del profesorado" que ya opera en la aula. A partir de la entrada en vigor de la nueva ley, esta condición será igualmente aplicable a las interacciones y actividades que el profesorado desarrolle a través de medios digitales en el ejercicio de sus funciones docentes.
Se considerará que el profesorado actúa en el ejercicio de su autoridad pública en entornos digitales cuando la comunicación o interacción en línea tenga su origen o esté vinculada con las funciones educativas y orientadoras a través de plataformas, herramientas o medios digitales habilitados por el centro o la Administración educativa.
Regulación de la inteligencia artificial
La futura ley también regula los usos permitidos y prohibidos de la inteligencia artificial en la educación, lo que convierte a Galicia en la primera comunidad autónoma en hacerlo. Podrán emplearse los sistemas de IA con un carácter auxiliar o de apoyo en la toma de decisiones educativas, pero siempre bajo supervisión humana.
Además, Galicia se convierte también en la primera comunidad autónoma en regular el derecho a la desconexión digital del alumnado fuera del horario lectivo.
Uso de dispositivos por etapas educativas
La ley adecuará el uso de la tecnología en las aulas en función de la etapa educativa y la madurez del alumnado. El uso de los medios digitales en Infantil y en los dos primeros ciclos de Primaria se limitará a un uso colectivo, mientras que el uso individual comenzará a partir de 5º de Primaria.
La futura ley ejercerá como un pilar fundamental en la consolidación del modelo gallego de enseñanza híbrida, donde se combinan los recursos físicos con las nuevas tecnologías de manera que ambas convivan en armonía y se complementen para garantizar la mejor formación del alumnado.


































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