Tui
Un juez de Tui se declara incompetente para reabrir el caso de la joven viguesa desaparecida en 2002
El tribunal confirma que la causa está provisionalmente sobreseída y que no consta "indicio ni hecho nuevo" que justifique encargar a la UCO una nueva investigación.
El juez de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Tui ha confirmado su decisión de no atribuir a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil la investigación del caso de la desaparición y muerte de una joven viguesa ocurrida en el año 2002. De esta forma, desestima el recurso de reforma presentado por la familia de la víctima contra la providencia emitida el pasado 10 de abril.
En el auto, contra el que cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Pontevedra, el juez subraya que "las partes no poseen un derecho dispositivo sobre el procedimiento judicial", ya que corresponde al órgano jurisdiccional encomendar a la policía judicial la práctica de las diligencias, "sin que la elección del cuerpo policial quede a discreción de las partes".
El magistrado recuerda además que la causa "se encuentra provisionalmente sobreseída, sin constar indicio ni hecho nuevo que justifique su reapertura". Según la resolución, en el escrito presentado por la familia "no se señala precepto legal alguno que se considere vulnerado, ni se invoca quiebra de derecho procesal o material que haya causado perjuicio a la parte recurrente".
El titular de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Tui subraya que lo alegado en el recurso "no difiere de lo ya planteado" con la petición inicial que motivó la resolución ahora recurrida, y recalca que la familia "simplemente reitera lo ya solicitado". El caso sigue archivado provisionalmente a la espera de que aparezcan nuevos indicios que justifiquen su reapertura.

El juez de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Tui ha confirmado su decisión de no atribuir a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil la investigación del caso de la desaparición y muerte de una joven viguesa ocurrida en el año 2002. De esta forma, desestima el recurso de reforma presentado por la familia de la víctima contra la providencia emitida el pasado 10 de abril.
En el auto, contra el que cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Pontevedra, el juez subraya que "las partes no poseen un derecho dispositivo sobre el procedimiento judicial", ya que corresponde al órgano jurisdiccional encomendar a la policía judicial la práctica de las diligencias, "sin que la elección del cuerpo policial quede a discreción de las partes".
El magistrado recuerda además que la causa "se encuentra provisionalmente sobreseída, sin constar indicio ni hecho nuevo que justifique su reapertura". Según la resolución, en el escrito presentado por la familia "no se señala precepto legal alguno que se considere vulnerado, ni se invoca quiebra de derecho procesal o material que haya causado perjuicio a la parte recurrente".
El titular de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Tui subraya que lo alegado en el recurso "no difiere de lo ya planteado" con la petición inicial que motivó la resolución ahora recurrida, y recalca que la familia "simplemente reitera lo ya solicitado". El caso sigue archivado provisionalmente a la espera de que aparezcan nuevos indicios que justifiquen su reapertura.























Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.152