Vigo
Condena por amenazas con agravante de discriminación a una mujer por mensajes tránsfobos en Vigo
El Tribunal de Instancia de Vigo considera probado que la acusada, conocedora de la identidad de género de la víctima, una mujer transexual, profirió expresiones vejatorias con "total desprecio" hacia ella.
El juez de la plaza 3 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Vigo ha condenado a una mujer al pago de 300 euros por un delito leve de amenazas y ha aplicado la agravante de discriminación por orientación sexual al considerar probado el contenido tránsfobo de los mensajes enviados a través de WhatsApp.
Los hechos ocurrieron el 12 de abril de 2026, cuando la acusada remitió a la denunciante mensajes de audio y texto a través de la aplicación. Según la sentencia, la condenada, "conocedora de la identidad de género de la denunciante -transexual- y con total desprecio a dicha identidad -comportamiento tránsfobo- no sólo la amenazó, sino que profirió expresiones vejatorias contra ella". El juez señala que estas expresiones generaron en la víctima "un estado de intranquilidad ante el temor de que la acusada atentara contra su vida o integridad física".
La resolución subraya que la conducta discriminatoria añade "un plus de antijuridicidad" y que "no sólo afecta a la víctima, como miembro del colectivo trans, sino también al propio colectivo y a la sociedad en su conjunto". El magistrado se apoya en la jurisprudencia más reciente del Tribunal Supremo, que establece que la agravante de discriminación se aplica cuando la acción crea una diferencia de trato no justificada por una característica protegida, agravando la situación de vulnerabilidad del colectivo.
El tribunal considera acreditada la autoría mediante prueba documental y testifical, y valora que la víctima relató los hechos "de manera constante, verosímil y coherente, con precisión y sin titubeos". La sentencia, que no es firme, puede ser recurrida en apelación.

El juez de la plaza 3 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Vigo ha condenado a una mujer al pago de 300 euros por un delito leve de amenazas y ha aplicado la agravante de discriminación por orientación sexual al considerar probado el contenido tránsfobo de los mensajes enviados a través de WhatsApp.
Los hechos ocurrieron el 12 de abril de 2026, cuando la acusada remitió a la denunciante mensajes de audio y texto a través de la aplicación. Según la sentencia, la condenada, "conocedora de la identidad de género de la denunciante -transexual- y con total desprecio a dicha identidad -comportamiento tránsfobo- no sólo la amenazó, sino que profirió expresiones vejatorias contra ella". El juez señala que estas expresiones generaron en la víctima "un estado de intranquilidad ante el temor de que la acusada atentara contra su vida o integridad física".
La resolución subraya que la conducta discriminatoria añade "un plus de antijuridicidad" y que "no sólo afecta a la víctima, como miembro del colectivo trans, sino también al propio colectivo y a la sociedad en su conjunto". El magistrado se apoya en la jurisprudencia más reciente del Tribunal Supremo, que establece que la agravante de discriminación se aplica cuando la acción crea una diferencia de trato no justificada por una característica protegida, agravando la situación de vulnerabilidad del colectivo.
El tribunal considera acreditada la autoría mediante prueba documental y testifical, y valora que la víctima relató los hechos "de manera constante, verosímil y coherente, con precisión y sin titubeos". La sentencia, que no es firme, puede ser recurrida en apelación.


































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