Domingo, 16 de Agosto de 2026

Actualizada Sábado, 15 de Agosto de 2026 a las 19:04:25 horas

Redacción Actualidad
Domingo, 16 de Agosto de 2026 Tiempo de lectura:
ACTUALIDAD

Exigen que la prima no consumida se devuelva al desaparecer el riesgo asegurado

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha exigido una reforma legal para que los consumidores tengan garantizado el derecho a recuperar la parte de prima no consumida cuando desaparece el riesgo asegurado antes del vencimiento de la póliza. En la actualidad, esta devolución depende de la política de cada aseguradora, lo que provoca respuestas muy diferentes ante situaciones similares, según ha denunciado la organización.

 

 

Hay ejemplos de todo tipo: un coche que se da de baja o es robado sin una cobertura específica, una vivienda traspasada o un objeto destruido por una causa no cubierta por el seguro, o el fallecimiento de una persona asegurada en un seguro de salud. En todos estos casos, la aseguradora deja de asumir el riesgo antes de que finalice el contrato, pero no siempre devuelve la prima no consumida o sigue exigiendo el pago de los recibos hasta su vencimiento meses después. Todo depende del criterio de cada aseguradora y del tipo de seguro, tal y como se desprende del estudio de OCU.

 

Para conocer las prácticas reales del sector, OCU consultó a 18 aseguradoras. Sorprendentemente, solo 4 respondieron: ASISA, AXA, FIATC y Línea Directa. Aunque estas sí permiten aprovechar a sus clientes la prima no consumida —probablemente muchas de las otras se la queden—, sus respuestas confirman una preocupante falta de uniformidad, ya que esta oferta suele depender del tipo de seguro (automóvil, hogar o salud) y no siempre se reembolsa completamente: podrían descontar impuestos, gastos, descuentos aplicados.

 

El principio de indivisibilidad de la prima, en entredicho

La principal justificación utilizada por el sector para no devolver la prima no consumida es el principio de indivisibilidad de la prima , establecido por la propia Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP). Según este criterio, aunque el seguro se pague mediante cuotas mensuales, trimestrales o semestrales, se considera que existe una única prima anual que se devenga íntegramente desde el inicio de la póliza. El fraccionamiento se entiende solo como una facilidad de pago.

 

Sin embargo, la misma DGSFP considera que devolver la prima no consumida constituye una buena práctica cuando desaparece el objeto asegurado o fallece el asegurado, siempre que la compañía no haya indemnizado la pérdida total o el fallecimiento. También entiende que, cuando el pago es fraccionado, no deberían exigirse los recibos posteriores. Lamentablemente, este criterio no es vinculante.

 

OCU considera que, si la aseguradora deja de soportar el riesgo, debe existir una obligación clara de devolver la parte de prima correspondiente al periodo no cubierto . La organización pide que este derecho quede expresamente recogido en la normativa. No deberían admitirse penalizaciones, gastos o deducciones que no estén claramente justificados y comunicados. Del mismo modo, cuando el pago esté fraccionado, deberán anularse los recibos posteriores o recalcularse cuando continúen asegurados otros bienes o personas. La devolución debe realizarse en dinero y no mediante saldos para futuras contrataciones, salvo que lo prefiera el consumidor.

 

OCU solicita a la DGSFP que refuerce su criterio actual para evitar que estos supuestos sigan considerándose simples buenas prácticas voluntarias. "Porque cuando ya no existe el vehículo, la vivienda o la persona asegurada, tampoco existe el riesgo. Y si no hay riesgo que cubrir, no hay razón para que las compañías se apropien del dinero correspondiente a una cobertura que ya no prestan", concluye la organización, que anima a los usuarios a reclamar ante un problema surgido con la aseguradora.

 

Comentarios
Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.158

Todavía no hay comentarios

Portada

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.