Galicia
La futura ley de incendios priorizará la protección de la población y la gestión del territorio
El anteproyecto, que será remitido mañana al Consello Forestal, introduce un modelo de prevención basado en el riesgo de cada zona, con distancias de biomasa duplicables en áreas estratégicas y órdenes verbales de ejecución inmediata.
El Consello da Xunta analizó este lunes un informe sobre el anteproyecto de Ley de lucha contra los incendios forestales de Galicia (LLCIF), un texto que sustituirá a la normativa vigente, con casi 20 años de antigüedad, y que priorizará la protección de la población y la gestión integral del territorio. El texto será remitido mañana martes al Consello Forestal de Galicia para su consulta antes de iniciar su tramitación parlamentaria.
El presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, explicó que la nueva ley supondrá pasar "de un modelo de prevención más o menos homogéneo para toda la comunidad a tener en cuenta medidas según el nivel de riesgo de cada zona o las características de los terrenos". La conselleira de Medio Rural, María José Gómez, añadió que la norma "marcará un antes y un después" y que el objetivo es remitirla "lo antes posible" al Parlamento.
El anteproyecto introduce mejoras sustanciales tanto en la protección de la población y sus bienes como en la operatividad de los servicios de extinción, pasando de un modelo de defensa reactiva a uno de lucha integral y gestión estratégica del territorio. La prevención se basará en el riesgo, la vulnerabilidad, la estructura del territorio, la diversificación de las masas forestales, la gestión del paisaje, la autoprotección y la creación de discontinuidades estratégicas del combustible.
Entre las novedades más destacadas figura el concepto de interfaz urbano-forestal, definido como el terreno urbano, de núcleo rural o urbanizable con cubierta vegetal lindante con el monte. En esta zona, la aplicación de los criterios para la gestión de la biomasa y la retirada de especies será de directa aplicación y no subsidiaria, como prevé la ley vigente en defecto de ordenanza municipal. También se potencian instrumentos como las paisajes mosaico o las devasas, áreas delimitadas en puntos estratégicos para frenar grandes incendios mediante actividades agroganderas o plantación de frondosas autóctonas.
La futura ley recoge la posibilidad de duplicar las distancias de gestión de biomasa en zonas estratégicas, tanto en las franjas primarias (protección de infraestructuras como carreteras o líneas eléctricas) como en las secundarias (núcleos de población y edificaciones), en lugares donde el comportamiento del fuego sea especialmente peligroso. Cuando el índice de riesgo diario de incendio forestal (IRDI) sea muy alto o extremo, se establecerá la suspensión automática de todas las autorizaciones de quema, se prohibirá su uso en áreas recreativas y se reforzará la revocación automática de los permisos sobre lanzamiento de artefactos pirotécnicos.
Además, se dota a los agentes de la autoridad (forestales, ambientales o de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado) de la potestad de dictar órdenes verbales de ejecución inmediata in situ, como el desalojo de áreas recreativas o el cierre de caminos ante un peligro inminente, sin esperar a trámites administrativos.
La norma también declara la red de puntos de agua como infraestructura de seguridad estratégica, garantizando el acceso a cualquier servicio de emergencia y prohibiendo cualquier uso del agua almacenada que no sea la extinción de incendios. Se prohíbe cualquier construcción o plantación en un radio de 50 metros alrededor de los puestos de vigilancia, y se obliga a las nuevas instalaciones industriales y gasolineras en terrenos agroforestales o en la interfaz urbano-forestal a disponer de una red perimetral de hidrantes para su autoprotección.
El texto promueve además la colaboración activa de asociaciones y comunidades de montes en la vigilancia y detección, y regula las subvenciones en especie a los entes locales para la adquisición de vehículos y equipos. Asimismo, se autoriza la concesión directa de ayudas por razones de interés público, social y humanitario en el caso de incendios "extraordinarios".
La conselleira resumió la filosofía de la nueva norma en cinco pilares: la planificación del riesgo (con el mapa de riesgo como herramienta central), la gestión del paisaje (mosaicos, devasas, agricultura y pastoreo), la gestión forestal preventiva (diversificación, silvicultura preventiva y frondosas autóctonas), la protección de personas e infraestructuras (franjas de seguridad, gestión de biomasa, hidrantes) y la ejecución efectiva (requerimientos, multas coercitivas y ejecución subsidiaria).

El Consello da Xunta analizó este lunes un informe sobre el anteproyecto de Ley de lucha contra los incendios forestales de Galicia (LLCIF), un texto que sustituirá a la normativa vigente, con casi 20 años de antigüedad, y que priorizará la protección de la población y la gestión integral del territorio. El texto será remitido mañana martes al Consello Forestal de Galicia para su consulta antes de iniciar su tramitación parlamentaria.
El presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, explicó que la nueva ley supondrá pasar "de un modelo de prevención más o menos homogéneo para toda la comunidad a tener en cuenta medidas según el nivel de riesgo de cada zona o las características de los terrenos". La conselleira de Medio Rural, María José Gómez, añadió que la norma "marcará un antes y un después" y que el objetivo es remitirla "lo antes posible" al Parlamento.
El anteproyecto introduce mejoras sustanciales tanto en la protección de la población y sus bienes como en la operatividad de los servicios de extinción, pasando de un modelo de defensa reactiva a uno de lucha integral y gestión estratégica del territorio. La prevención se basará en el riesgo, la vulnerabilidad, la estructura del territorio, la diversificación de las masas forestales, la gestión del paisaje, la autoprotección y la creación de discontinuidades estratégicas del combustible.
Entre las novedades más destacadas figura el concepto de interfaz urbano-forestal, definido como el terreno urbano, de núcleo rural o urbanizable con cubierta vegetal lindante con el monte. En esta zona, la aplicación de los criterios para la gestión de la biomasa y la retirada de especies será de directa aplicación y no subsidiaria, como prevé la ley vigente en defecto de ordenanza municipal. También se potencian instrumentos como las paisajes mosaico o las devasas, áreas delimitadas en puntos estratégicos para frenar grandes incendios mediante actividades agroganderas o plantación de frondosas autóctonas.
La futura ley recoge la posibilidad de duplicar las distancias de gestión de biomasa en zonas estratégicas, tanto en las franjas primarias (protección de infraestructuras como carreteras o líneas eléctricas) como en las secundarias (núcleos de población y edificaciones), en lugares donde el comportamiento del fuego sea especialmente peligroso. Cuando el índice de riesgo diario de incendio forestal (IRDI) sea muy alto o extremo, se establecerá la suspensión automática de todas las autorizaciones de quema, se prohibirá su uso en áreas recreativas y se reforzará la revocación automática de los permisos sobre lanzamiento de artefactos pirotécnicos.
Además, se dota a los agentes de la autoridad (forestales, ambientales o de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado) de la potestad de dictar órdenes verbales de ejecución inmediata in situ, como el desalojo de áreas recreativas o el cierre de caminos ante un peligro inminente, sin esperar a trámites administrativos.
La norma también declara la red de puntos de agua como infraestructura de seguridad estratégica, garantizando el acceso a cualquier servicio de emergencia y prohibiendo cualquier uso del agua almacenada que no sea la extinción de incendios. Se prohíbe cualquier construcción o plantación en un radio de 50 metros alrededor de los puestos de vigilancia, y se obliga a las nuevas instalaciones industriales y gasolineras en terrenos agroforestales o en la interfaz urbano-forestal a disponer de una red perimetral de hidrantes para su autoprotección.
El texto promueve además la colaboración activa de asociaciones y comunidades de montes en la vigilancia y detección, y regula las subvenciones en especie a los entes locales para la adquisición de vehículos y equipos. Asimismo, se autoriza la concesión directa de ayudas por razones de interés público, social y humanitario en el caso de incendios "extraordinarios".
La conselleira resumió la filosofía de la nueva norma en cinco pilares: la planificación del riesgo (con el mapa de riesgo como herramienta central), la gestión del paisaje (mosaicos, devasas, agricultura y pastoreo), la gestión forestal preventiva (diversificación, silvicultura preventiva y frondosas autóctonas), la protección de personas e infraestructuras (franjas de seguridad, gestión de biomasa, hidrantes) y la ejecución efectiva (requerimientos, multas coercitivas y ejecución subsidiaria).




































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