MOS
Mos fija los precios de la escuela infantil de O Rebullón
La ordenanza aprobada definitivamente mantiene gratuita la atención educativa y fija el comedor entre 0 y 74,05 euros al mes según la renta, con descuentos del 20 % para varios perfiles de familias.
Las familias con niños en la Escola Infantil Municipal do Rebullón ya saben cuánto pagarán por el servicio. El Concello de Mos ha aprobado de forma definitiva la ordenanza fiscal que regula el precio público del centro, un texto que se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y que entra en vigor hoy. La aprobación del acuerdo plenario, que data de junio, quedó firme al no presentarse reclamaciones durante el periodo de exposición pública.
Atención educativa gratuita y comedor según la renta
La ordenanza aplica la gratuidad de la atención educativa en las escuelas infantiles de 0 a 3 años que impulsa la Xunta, por lo que el precio de la atención educativa en jornada ordinaria queda bonificado al 100 % para todos los usuarios.
El comedor, en cambio, sí tiene precio, que depende de la renta per cápita mensual de la unidad familiar en relación con el IPREM. Las familias con menos ingresos, por debajo del 30 % del IPREM, no pagan nada. Entre el 30 % y el 75 % pagan 17,45 euros al mes, y desde ahí el precio sube por tramos: 26,45 euros entre el 75 % y el 100 %, 37,02 entre el 100 % y el 125 %, 52,89 entre el 125 % y el 150 %, y 63,47 entre el 150 % y el 200 %. A partir del 200 % del IPREM se paga el máximo, 74,05 euros mensuales.
Para calcular la renta, se suman los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar del año anterior al del curso escolar, se dividen entre el número de miembros computables y después entre doce. En las familias monoparentales, el número de miembros se incrementa en 0,8. Los ingresos se acreditan con la declaración del IRPF o con certificados de ingresos para quienes no la presenten.
Descuentos y otros precios
Sobre el precio del comedor se aplican descuentos del 20 % para los hijos de familias numerosas, los de familias monoparentales y, cuando hay varios hermanos en el centro, para el segundo y siguientes. Los descuentos no son acumulables y se calculan según las circunstancias existentes al presentar la solicitud de plaza.
Si un niño se incorpora al centro después del día 15 del mes, la cuota de ese mes se reduce a la mitad. Quienes necesiten ampliar su horario podrán solicitar, con carácter excepcional y acreditando la necesidad, horas extraordinarias, a 21,16 euros cada una al mes. Y los niños que no usan habitualmente el comedor pero necesitan hacerlo algún día suelto, por motivos justificados, pagan 4,23 euros por día, sin ningún descuento.
Cómo y cuándo se paga
El pago es mensual, dentro de los diez primeros días naturales del mes. Impagar dos mensualidades consecutivas o tres alternas supone perder la plaza, sin perjuicio de la reclamación por vía de apremio. La ausencia del niño no reduce la cuota mientras no se formalice la baja.
La ordenanza también regula las suspensiones temporales. No se paga en el mes de vacaciones anual ni cuando la escuela permanece cerrada más de quince días, y en ambos casos se aplica de oficio. El comedor tampoco se cobra cuando el niño deja de asistir temporalmente por una causa justificada, desde el primer día del mes siguiente hasta su reincorporación, siempre que se solicite con la documentación correspondiente.
Por último, faltar cinco días sin justificar da lugar a la baja del alumno en el programa de gratuidad, y es entonces la familia la que debe asumir el coste de la atención educativa para no perder la plaza. Y una ausencia sin justificar durante un mes supone la baja definitiva en el centro.

Las familias con niños en la Escola Infantil Municipal do Rebullón ya saben cuánto pagarán por el servicio. El Concello de Mos ha aprobado de forma definitiva la ordenanza fiscal que regula el precio público del centro, un texto que se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y que entra en vigor hoy. La aprobación del acuerdo plenario, que data de junio, quedó firme al no presentarse reclamaciones durante el periodo de exposición pública.
Atención educativa gratuita y comedor según la renta
La ordenanza aplica la gratuidad de la atención educativa en las escuelas infantiles de 0 a 3 años que impulsa la Xunta, por lo que el precio de la atención educativa en jornada ordinaria queda bonificado al 100 % para todos los usuarios.
El comedor, en cambio, sí tiene precio, que depende de la renta per cápita mensual de la unidad familiar en relación con el IPREM. Las familias con menos ingresos, por debajo del 30 % del IPREM, no pagan nada. Entre el 30 % y el 75 % pagan 17,45 euros al mes, y desde ahí el precio sube por tramos: 26,45 euros entre el 75 % y el 100 %, 37,02 entre el 100 % y el 125 %, 52,89 entre el 125 % y el 150 %, y 63,47 entre el 150 % y el 200 %. A partir del 200 % del IPREM se paga el máximo, 74,05 euros mensuales.
Para calcular la renta, se suman los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar del año anterior al del curso escolar, se dividen entre el número de miembros computables y después entre doce. En las familias monoparentales, el número de miembros se incrementa en 0,8. Los ingresos se acreditan con la declaración del IRPF o con certificados de ingresos para quienes no la presenten.
Descuentos y otros precios
Sobre el precio del comedor se aplican descuentos del 20 % para los hijos de familias numerosas, los de familias monoparentales y, cuando hay varios hermanos en el centro, para el segundo y siguientes. Los descuentos no son acumulables y se calculan según las circunstancias existentes al presentar la solicitud de plaza.
Si un niño se incorpora al centro después del día 15 del mes, la cuota de ese mes se reduce a la mitad. Quienes necesiten ampliar su horario podrán solicitar, con carácter excepcional y acreditando la necesidad, horas extraordinarias, a 21,16 euros cada una al mes. Y los niños que no usan habitualmente el comedor pero necesitan hacerlo algún día suelto, por motivos justificados, pagan 4,23 euros por día, sin ningún descuento.
Cómo y cuándo se paga
El pago es mensual, dentro de los diez primeros días naturales del mes. Impagar dos mensualidades consecutivas o tres alternas supone perder la plaza, sin perjuicio de la reclamación por vía de apremio. La ausencia del niño no reduce la cuota mientras no se formalice la baja.
La ordenanza también regula las suspensiones temporales. No se paga en el mes de vacaciones anual ni cuando la escuela permanece cerrada más de quince días, y en ambos casos se aplica de oficio. El comedor tampoco se cobra cuando el niño deja de asistir temporalmente por una causa justificada, desde el primer día del mes siguiente hasta su reincorporación, siempre que se solicite con la documentación correspondiente.
Por último, faltar cinco días sin justificar da lugar a la baja del alumno en el programa de gratuidad, y es entonces la familia la que debe asumir el coste de la atención educativa para no perder la plaza. Y una ausencia sin justificar durante un mes supone la baja definitiva en el centro.




































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